Sentencia: Sentencia No. 001-10-SEE-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 001-10-SEE-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0009-09-EEEE - Estados de Excepción (Constitucionalidad)Ecuador
MOTIVO:
El economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República, solicitó que la Corte Constitucional se pronuncie sobre la constitucionalidad del Dereto Ejecutivo No. 124, que contiene la declaratoria del Estado de Excepción del Sector Estratégico de Energía Eléctrica en todo el territorio nacional.
TEMA ESPECÍFICO: Control de Constitucionalidad del Decreto Ejecutivo N.° 124 expedido el 06 de noviembre de 2009, que contiene la Declaratoria del Estado de Excepción del Sector estratégico de energía eléctrica en todo el territorio nacional.
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Dictamen de constitucionalidad de estados de excepción
DECISIÓN:
Dictaminar la constitucionalidad, formal y material, de la Declaratoria del Estado de Excepción del sector estratégico de energía eléctrica en todo el territorio nacional, contenida en el Decreto Ejecutivo No. 124, dictado el 06 de noviembre del 2009, en la ciudad de La Joya de los Sachas.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Correa Delgado RafaelPública0009-09-EE
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 1. El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente…
Art. 1. El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente…
Art. 314. El Estado será responsable de la provisión de los servicios públicos de agua potable y de riego, saneamiento, energía eléctrica…
Art. 166. La Presidenta o Presidente de la República notificará la declaración del estado de excepción a la Asamblea Nacional,
Art. 165. Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender o limitar…
Art. 164. La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio nacional o en parte de él
Art. 436. 8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de excepción…
Art. 429. La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia.
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
SENTENCIA - 001-10-SEE-CC13/01/2010 0:00:00 Abrir




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