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NÚMERO: | 001-11-DEE-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0016-10-EE | EE - Estados de Excepción (Constitucionalidad) | Ecuador |
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MOTIVO: |
El economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República, solicitó que la Corte Constitucional se pronuncie sobre la constitucionalidad del decreto ejecutivo No. 571 del 9 de diciembre del 2010, que contiene la declaratoria de Estado de excepción en todas las instalaciones de la Asamblea Nacional. |
TEMA ESPECÍFICO: | Control de constitucionalidad del Decreto Ejecutivo No. 571 que contiene la declaratoria del Estado de Excepción por el cual se ordena la movilización nacional y militarde las Fuerzas Armadas para garantizar el orden interno y seguridad ciudadana y humana en las instalaciones de la Asamblea Nacional, ante la conmoción interna provocada por miembros de la Policía Nacional. |
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DECISIÓN RESUMEN: | Dictamen de constitucionalidad de estados de excepción |
DECISIÓN: |
Emite dictamen favorable de constitucionalidad a la declaratoria de estado de excepción, contenida en el Decreto Ejecutivo No. 571 del 9 de diciembre del 2010. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Correa Delgado Rafael | Pública | 0016-10-EE |
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NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 436. 8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de excepción… Art. 158. Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son instituciones de protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos. Art. 166. La Presidenta o Presidente de la República notificará la declaración del estado de excepción a la Asamblea Nacional, Art. 164. La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio nacional o en parte de él |
CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Estado de excepción |
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Estado de excepción: Es un mecanismo o arreglo normativo-constitucional con el que cuentan los Estados Democráticos para proscribir problemas, así como defender los derechos de los ciudadanos que desarrollan su existencia dentro del territorio nacional, y que a causa de eventos imprevisibles, dichos derechos no pueden ser protegidos con los mecanismos jurídico-institucionales regulares acogidos en la normativa Constitucional y legal. |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | SENTENCIA - 001-11-DEE-CC | 26/01/2011 0:00:00 | Abrir |
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