|
NÚMERO DE SENTENCIA: | 002-16-SAN-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0039-10-AN | AN - Acción por Incumplimiento | Azuay | 0033-12-AN | AN - Acción por Incumplimiento | Pichincha |
|
MOTIVO: |
Los señores Leonardo López Monsalve y Carlos Pérez Guartambel, por sus propios derechos y respectivamente en sus calidades de presidente de la Federación de Organizaciones Campesinas e Indígenas del Azuay FOA y coordinador de los Sistemas Comunitarios de Agua del Azuay UNAGUA, presentaron acción por incumplimiento de los artículos 3, 12 y disposiciones finales del Mandato Constituyente N.º 6, publicado en el suplemento del Registro Oficial N.º 321, del 22 de abril de 2008 (0039-10-AN). La hermana Elsie Monge, en calidad de directora ejecutiva de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU), y Alexandra Almeida, en calidad de presidenta de Acción Ecológica, presentaron acción por incumplimiento de los artículos 1, 3, 4 y 12 del mismo Mandato Constituyente N.º 6 (0033-12-AN). |
TEMA ESPECÍFICO: | Acción por incumplimiento de los artículos 3, 12 y disposiciones finales del mandato constituyente N.° 6 |
|
DECISIÓN RESUMEN: | Negar |
DECISIÓN: |
1. Declarar que no existe vulneración a derechos constitucionales.; 2. Negar la acción por incumplimiento planteada. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | LOPEZ MONSALVE LEONARDO, PEREZ GUARTAMBEL CARLOS | Privada | 0039-10-AN | LOPEZ MONSALVE LEONARDO (PRESIDENTE DEL FOA), PEREZ GUARTAMBEL CARLOS (COORD. SISTEMAS COMUNITARIOS DE AGUA DEL AZUAY) | Privada | 0033-12-AN | Pérez Guartambel Carlos Ranulfo | Privada | 0039-10-AN | López Monsalve Leonardo | Privada | 0039-10-AN |
|
LEGITIMADOS PASIVOS: |
|
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 71. Derecho de la naturaleza al respeto integral de su existencia Art. 72. Derecho de la naturaleza a su restauración Art. 73. Derecho a la preservación de especies Art. 74. Derecho al beneficio del ambiente sano Art. 66. 19. Derecho a la protección de datos personales Art. 389. El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 439. Las acciones constitucionales podrán ser presentadas por cualquier ciudadana o ciudadano individual o colectivamente. Art. 316. El Estado podrá delegar la participación en los sectores estratégicos y servicios públicos a empresas mixtas en las cuales tenga mayoría accionaria. Art. 407. Se prohíbe la actividad extractiva de recursos no renovables en las áreas protegidas y en zonas declaradas como intangibles, incluida la explotación forestal. Art. 405. El sistema nacional de áreas protegidas garantizará la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas. Art. 425. El orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La Constitución; los tratados y convenios internacionales… Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Art. 57. 7. Derecho de las comunidades, pueblos y nacionalidades a la consulta previa Art. 10. La naturaleza será sujeto de aquellos derechos que le reconozca la Constitución. Art. 66. 15. Derecho a desarrollar actividades económicas Art. 436. 5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de garantizar la aplicación de normas Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 137. El proyecto de ley será sometido a dos debates. Art. 136. Los proyectos de ley deberán referirse a una sola materia y serán presentados a la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional… Art. 134. La iniciativa para presentar proyectos de ley corresponde: |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
|
| |
|
NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | AUTO ADMISION - 0039-10-AN | 20/10/2011 9:54:54 | Abrir | ENVIO A SECRETARIA GENERAL - 0039-10-AN Y 0033-12-AN ACUMULADO.pdf | 15/05/2015 15:32:57 | Abrir | SENTENCIA - 002-16-SAN-CC | 06/04/2016 0:00:00 | Abrir |
|
|
Visualizaciones: 1586 |
|