Sentencia: Sentencia No. 003-12-SAN-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 003-12-SAN-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0018-11-ANAN - Acción por IncumplimientoPichincha
MOTIVO:
Edison Vladimir Lima Iglesias y Carlos Octavio Velasteguí, en sus calidades de presidente y secretario de Actas y Comunicaciones de la Asociación por la Dignidad y Derechos Humanos de los Jubilados, ex Trabajadores, Pensionistas y Tercera Edad "A.D.D.H-JTE", presentaron acción por incumplimiento, solicitando que el Eco. Jorge Colón Tinoco Márquez, Presidente de EMETEL S.A., en Liquidación y Sr. Ing. Jorge Glas, Presidente del Fondo de Solidaridad, actualmente Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, debidamente representado por su Ministro, Ing. Jorge Guerrero Ruiz, den estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución N.° 67- CAUSA N.° 41943-2009-NBS, emitida por la "Comisión Nacional de Derechos Humanos Individuales y de Género" de la Defensoría del Pueblo, el 11 de agosto del 2009 a las 10H00.
TEMA ESPECÍFICO: Acción por incumplimiento de la Resolución N.° 67- CAUSA N.° 41943-2009-NBS, emitida por la "Comisión Nacional de Derechos Humanos Individuales y de Género" de la Defensoría del Pueblo, del 11 de agosto del 2009 a las 10H00.
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Negar
DECISIÓN:
1. Negar la acción por incumplimiento planteada por los accionantes.; 2. Dejar a salvo el derecho que tienen los accionantes para reclamar el cumplimiento integral del Acta Transaccional celebrada, ante las autoridades competentes.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
EDISON VLADIMIR LIMA IGLESIAS Y CARLOS OCTAVIO VELASTEGUI MORANPrivada0018-11-AN
Velastegui Carlos OctavioPrivada0018-11-AN
LEGITIMADOS PASIVOS:
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 215. 2. Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de protección de los derechos, y solicitar juzgamiento y sanción ante la autoridad…
Art. 11. 3. Principio a que los derechos son de directa e inmediata aplicación
Art. 417. Los tratados internacionales ratificados por el Ecuador se sujetarán a lo establecido en la Constitución.
Art. 393. El Estado garantizará la seguridad humana a través de políticas y acciones integradas, para asegurar la convivencia pacífica de las personas…
Art. 86. 3. Presentada la acción, la jueza o juez convocará inmediatamente a una audiencia pública…
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 66. 23. Derecho a dirigir quejas y peticiones
Art. 37. 3. Derecho de los adultos mayores a la jubilación
Art. 36. Derecho de los adultos mayores a la inclusión social y económica
Art. 34. Derecho a la seguridad social
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 215. La Defensoría del Pueblo tendrá como funciones la protección y tutela de los derechos de los habitantes del Ecuador…
Art. 436. 5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de garantizar la aplicación de normas
Art. 93. La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el sistema jurídico..
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ESCRITO31/08/2023 11:06:00 Abrir




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