|
NÚMERO: | 003-18-DEE-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0002-18-EE | EE - Estados de Excepción (Constitucionalidad) | Esmeraldas |
|
MOTIVO: |
El licenciado Lenín Moreno Garcés, en calidad de presidente constitucional de la República del Ecuador, de conformidad con el artículo 166 de la Constitución de la República, mediante oficio N.° T.217-SGJ-18-0251 de 29 de marzo de 2018, notificó al presidente de la Corte Constitucional, el Decreto Ejecutivo N.° 349 de 29 de marzo de 2018, a través del cual se renueva la declaratoria de estado de excepción en los cantones de San Lorenzo y Eloy Alfaro de la provincia de Esmeraldas, debido a los graves acontecimientos ocurridos, que han incluido ataques contra miembros de la fuerza pública y han puesto en riesgo a quienes residen en el lugar. |
TEMA ESPECÍFICO: | Control de constitucionalidad del Decreto Ejecutivo N.º 349 de 29 de marzo de 2018, a través del cual se renueva la declaratoria de estado de excepción en los cantones de San Lorenzo y Eloy Alfaro de la provincia de Esmeraldas, debido a los graves acontecimientos ocurridos, que han incluido ataques contra miembros de la fuerza pública y han puesto en riesgo a quienes residen en el lugar. |
|
DECISIÓN RESUMEN: | Dictamen de constitucionalidad de estados de excepción |
DECISIÓN: |
1.Emitir dictamen favorable de constitucionalidad del Decreto Ejecutivo N.° 349, dictado por el licenciado Lenín Moreno Garcés, en calidad de presidente constitucional de la República del Ecuador, el 29 de marzo de 2018. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Moreno Garcés Lenin | Pública | 0002-18-EE |
|
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | No se identifican derechos |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 158. Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son instituciones de protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos. Art. 3. 8. Garantizar a sus habitantes el derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral y a vivir en una sociedad democrática y libre de corrupción. Art. 393. El Estado garantizará la seguridad humana a través de políticas y acciones integradas, para asegurar la convivencia pacífica de las personas… Art. 83. 3. Defender la integridad territorial del Ecuador y sus recursos naturales. Art. 164. La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio nacional o en parte de él Art. 165. Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender o limitar… |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
|
| |
|
NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | CONVENIO INTERNACIONAL - DECRETO EJECUTIVO 0002-18-EE.pdf | 03/04/2018 11:00:37 | Abrir | OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION 0002-18-EE.pdf | 03/04/2018 11:01:01 | Abrir | CERTIFICACION - CERTIFICACION 0002-18-EE.pdf | 03/04/2018 11:01:20 | Abrir | AVOCO PARA EL PLENO - 0002-18-EE-prov.pdf | 24/04/2018 8:47:34 | Abrir | DICTAMEN - 0002-18-EE-dic.pdf | 26/04/2018 12:35:13 | Abrir |
|
|
Visualizaciones: 543 |
|