Sentencia: No. 007-10-DTI-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO: 007-10-DTI-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0017-10-TITI - Tratados Internacionales (Constitucionalidad)Ecuador
MOTIVO:
El doctor Alexis Mera Giler, Secretario Nacional Jurídico de la Presidencia de la República, solicitó que la Corte Constitucional emita dictamen previo y vinculante de constitucionalidad del "Memorándum de entendimiento entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, para la creación del Fondo Ecuador-Venezuela para el desarrollo (FEVDES)", a fin de que se pronuncie si requiere o no aprobación legislativa.
TEMA ESPECÍFICO: Control de constitucionalidad del "Memorándum de entendimiento entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, para la creación del Fondo Ecuador-Venezuela para el desarrollo (FEVDES)".
PARÁMETROS
DECISIÓN RESUMEN: Dictamen de constitucionalidad de tratados internacionales
DECISIÓN:
Que la ratificación del "Memorándum de entendimiento entre el gobierno de la Republica del Ecuador y el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela para la creación del Fondo Ecuador Venezuela para el desarrollo (FEVDES)", presentado por el Secretario general jurídico de la Presidencia de la República del Ecuador.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Mera Giler AlexisPública0017-10-TI
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 419. La ratificación o denuncia de los tratados internacionales requerirá la aprobación previa de la Asamblea Nacional en los casos que:
Art. 438. 1. Tratados internacionales, previamente a su ratificación por parte de la Asamblea Nacional.
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
SENTENCIA - 007-10-DTI-CC18/03/2010 0:00:00 Abrir




Visualizaciones: 321