Sentencia: Sentencia No. 007-10-SCN-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 007-10-SCN-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0003-10-CNCN - Consulta de Constitucionalidad de NormaGuayas
MOTIVO:
El abogado Julio Sánchez Crespo, Juez Séptimo de la Niñez y Adolescencia del Guayas, elevó consulta a la Corte Constitucional a fin de que se pronuncie sobre la constitucionalidad del artículo 889 del Código de Procedimiento Civil. La consulta se dio a partir del juicio de recusación No. 6464-2009, presentado en contra de la Abogada Mariela Zunino Delgado, jueza del Juzgado Décimo Cuarto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Guayas.
TEMA ESPECÍFICO: Consulta de Constitucionalidad de Norma del artículo 889 del Código de Procedimiento Civil, publicado en el Registro Oficial Suplemento N.° 58 de 12 de julio de 2005.
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Negar
DECISIÓN:
1. Declarar que el contenido del artículo 889 del Código de Procedimiento Civil, objeto de la consulta de constitucionalidad, no contradice ni vulnera el artículo 76, numeral 7, literal m de la Constitución de la República.; 2. Devolver el expediente al Juez consultante para que continúe con la sustanciación de la causa.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Sánchez Crespo JulioPública0003-10-CN
LEGITIMADOS PASIVOS:
NOMBRETIPO LEGITIMADO PASIVO
Zunino Delgado MarielaPersona natural
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 11. 9. Protección de los derechos garantizados en la Constitución por parte del Estado
Art. 11. 7. Principio de no exclusión de los derechos derivados de la dignidad
Art. 11. 4. Principio de no restricción del contenido de los derechos
Art. 11. 2. Principio de igualdad y no discriminación en razón de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género…
Art. 11. 1. Principio de la exigibilidad de los derechos
Art. 6. Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos son ciudadanos y gozarán de los derechos establecidos en la Constitución.
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 28. Derecho a la integración educativa intercultural
Art. 27. Derecho al acceso a una educación sin discriminación
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. Derecho al debido proceso
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
SENTENCIA - 007-10-SCN-CC08/04/2010 0:00:00 Abrir




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