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NÚMERO DE SENTENCIA: | 007-15-SCN-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0140-14-CN | CN - Consulta de Constitucionalidad de Norma | Manabí |
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MOTIVO: |
La Unidad Judicial Multicompetente Segunda de lo Civil de Chone,elevó consulta a la Corte Constitucional a fin de que se pronuncie sobre la constitucionalidad del tercer inciso del artículo 42 de la Ley de Inquilinato. La consulta se dio a partir del juicio verbal sumario Nº 0016-2014 de terminación de contrato de arrendamiento, seguido por la señora Mercedes María Moreira Andrade y el señor Freddy Otón Moreira Zambrano, en contra del señor José Antonio Castro Loor y la señora María Jaqueline Moreira Moreira |
TEMA ESPECÍFICO: | Consulta de constitucionalidad del artículo 48 de la Ley de Inquilinato, publicada en el Registro Oficial N.° 196 del 1 de noviembre del 2000. |
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DECISIÓN RESUMEN: | Declarar la constitucionalidad condicionada |
DECISIÓN: |
1. Declarar la constitucionalidad condicionada del artículo 42 tercer inciso de la Ley de Inquilinato.; 2. Declarar, como consecuencia, que la norma consultada será constitucional, siempre y cuando se aplique e interprete el tercer inciso del mencionado artículo 42 en el siguiente sentido: “En la circunstancia descrita en el artículo 42 inciso 3 de la Ley de Inquilinato, una vez admitido a trámite el recurso de apelación por parte del órgano judicial competente, el tribunal superior dispondrá que el inquilino consigne el valor total de las pensiones de arrendamiento que, conforme sentencia de primera instancia, se hallare adeudando, previo a continuar con la sustanciación del recurso”.; En caso de que el recurrente no consigne el valor indicado en el inciso anterior dentro del término máximo de 15 días, se declarará desierto el recurso.; De no confirmarse la sentencia venida en grado, el valor consignado será devuelto al arrendatario.; 3. Notifíquese al presidente del Consejo de la Judicatura a fin de que se disponga la debida difusión de esta sentencia constitucional para cuyo objeto se adjuntará fotocopias certificadas de la misma. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | López Medranda Carlos Javier | Pública | 0140-14-CN |
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LEGITIMADOS PASIVOS: |
NOMBRE | TIPO LEGITIMADO PASIVO | Moreira Moreira María Jaqueline | Persona natural | Castro Loor José Antonio | Persona natural |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | No se identifican derechos |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | No se identifican derechos |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | No se identifican derechos |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | CONSULTA - CONSULTA 0140-14-CN.pdf | 03/12/2014 11:32:01 | Abrir | CERTIFICACION - CERTIFICACION 0140-14-CN.pdf | 03/12/2014 16:12:49 | Abrir | AUTO DE SALA DE ADMISION - 0140-14-CN-auto.pdf | 28/02/2015 11:54:29 | Abrir | avoco pleno - 0140-14-CN-prov.pdf | 12/05/2015 16:52:48 | Abrir | SENTENCIA - 0140-14-CN-sen.pdf | 21/07/2015 8:53:17 | Abrir | PUBLICACION REGISTRO OFICIAL - 0140-14-CN-ro.pdf | 01/09/2015 9:10:38 | Abrir |
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