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NÚMERO: | 010-10-DTI-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0015-09-TI | TI - Tratados Internacionales (Constitucionalidad) | Ecuador |
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MOTIVO: |
El doctor Alexis Mera Giler, secretario nacional jurídico de la Presidencia de la República, solicitó que la Corte Constitucional emita dictamen previo y vinculante de constitucionalidad del Acuerdo mediante Notas Reversales relativo al proyecto "Formación Profesional y Capacitación para el Empleo y el Desarrollo Local en Zonas Rurales" RETO RURAL, suscrito el 3 de Septiembre del 2009, a fin de que se pronuncie si requiere o no aprobación legislativa. |
TEMA ESPECÍFICO: | Control de Constitucionalidad del Acuerdo mediante Notas Reversales relativo al proyecto "Formación Profesional y Capacitación para el Empleo y el Desarrollo Local en Zonas Rurales" RETO RURAL, suscrito el 3 de Septiembre del 2009. |
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DECISIÓN RESUMEN: | Dictamen de constitucionalidad de tratados internacionales |
DECISIÓN: |
1. El Acuerdo mediante Notas Reversales relativo al Proyecto "Formación Profesional y Capacitación para el Empleo y el Desarrollo Local en Zonas Rurales" RETO RURAL, no requiere aprobación legislativa previa.; 2. Se debe continuar con el proceso de ratificación, en tanto, devuélvase el expediente a la Presidencia de la República para el trámite correspondiente. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Mera Giler Alexis | Pública | 0015-09-TI |
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NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 419. 8. Comprometan el patrimonio natural y en especial el agua, la biodiversidad y su patrimonio genético. Art. 419. 7. Atribuyan competencias propias del orden jurídico interno a un organismo internacional o supranacional. Art. 419. 6. Comprometan al país en acuerdos de integración y de comercio. Art. 419. 5. Comprometan la política económica del Estado establecida en su Plan Nacional de Desarrollo a condiciones de instituciones financieras Art. 419. 4. Se refieran a los derechos y garantías establecidas en la Constitución. Art. 419. 3. Contengan el compromiso de expedir, modificar o derogar una ley. Art. 419. 2. Establezcan alianzas políticas o militares. Art. 419. 1. Se refieran a materia territorial o de límites. Art. 419. La ratificación o denuncia de los tratados internacionales requerirá la aprobación previa de la Asamblea Nacional en los casos que: Art. 147. 10. Definir la política exterior, suscribir y ratificar los tratados internacionales, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión. Art. 420. La ratificación de tratados se podrá solicitar por referéndum, por iniciativa ciudadana o por la Presidenta o Presidente de la República. |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | SENTENCIA - 0015-09-TI | 06/02/2013 18:06:09 | Abrir |
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