Sentencia: Sentencia No. 011-11-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 011-11-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0480-09-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónLoja
MOTIVO:
Manuel Ilario González Paqui presentó acción extraordinaria de protección en contra del auto de adjudicación del 8 de enero del 2008, emitido por el Juzgado Segundo de lo Civil de Loja, dentro del juicio ejecutivo No. 485-2004, seguido por María Yolanda Jarro Banegas en contra de los señores Milton Amable Tene Quevedo y Silvia Ivanova Salinas Eras, mediante el cual se adjudica un lote de propiedad del accionante en Yantzatza provincia de Zamora Chinchipe.
TEMA ESPECÍFICO: Adjudicación del inmueble rematado
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Se declara la vulneración de los derechos constitucionales a la propiedad, al debido proceso y a la seguridad jurídica.; 2. Se acepta la acción extraordinaria de protección; en consecuencia, se deja sin efecto y sin eficacia juridica alguna, tanto el auto de 8 de enero del 2008 a las 14h05, emitido por el Dr. Ramiro Arévalo Malo, Juez Octavo de lo Civil de Loja, encargado del Juzgado Segundo, como todo lo actuado a partir del acta de embargo realizada con fecha 24 de mayo del 2006, dentro del juicio ejecutivo signado con el Nº 0485-2004.; 3. Para el efecto, se disponer lo siguiente: Que previa nominación de peritos, se proceda a realizar el correspondiente plano de ubicación e individualización con linderos y dimensiones de la propiedad de los demandados, previo a cualquier procedimiento legal o judicial, a fin de evitar la afectación del derecho constitucional a la propiedad sobre predios colindantes o de terceras personas, como ha ocurrido en el presente caso.; 4. Se dispone devolver el expediente a fin de que previo sorteo de ley, otro Juez de lo Civil de Loja, conozca y continue con la sustanciacion de la causa.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPersona natural0480-09-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 66. 26. Derecho a la propiedad
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 439. Las acciones constitucionales podrán ser presentadas por cualquier ciudadana o ciudadano individual o colectivamente.
Art. 66. 26. Derecho a la propiedad
Art. 66. 26. Derecho a la propiedad
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 11. 9. Protección de los derechos garantizados en la Constitución por parte del Estado
Art. 66. 26. Derecho a la propiedad
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. Derecho al debido proceso
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
SENTENCIA - 011-11-SEP-CC18/08/2011 0:00:00 Abrir
ESCRITO29/06/2020 12:44:00 Abrir




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