Sentencia: Sentencia No. 012-11-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 012-11-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0177-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónPichincha
MOTIVO:
El señor Antonio Marraco de los Arcos, gerente general y representante legal de la Compañía Palacara S.A., presentó acción extraordinaria de protección en contra del auto del 07 de enero del 2010, expedido por la Segunda Sala Laboral de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio de trabajo N.° 1181-2009, interpuesto por el señor Pedro Guillermo López Pérez, por una indemnización laboral.
TEMA ESPECÍFICO: Haberes e indemnizaciones laborales
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Negar
DECISIÓN:
1. Declarar que no se ha establecido violación alguna de los derechos constitucionales, por lo tanto niegase la acción extraordinaria de protección planteada por Antonio Marraco de los Arcos, en calidad de Gerente General y representante legal de la Compañía Palacara S. A. signada con el Nº 0177-10-EP.; 2. Se dispone que las partes se sujetarán a lo resuelto por la Sala de lo civil de la Corte Provincial de Justicia de Imbabura, en sentencia del 24 de marzo del 2009 a la 09h15, dentro del juicio laboral seguido por el señor Pedro Guillermo López Pérez contra el Gerente y Representante Legal de Palacara S. A.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
MARRACO DE LOS ARCOS ANTONIOPrivada0177-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. Derecho al debido proceso
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico.
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 7. k. Derecho a ser juzgado por un juez independiente, imparcial y competente
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. 7. Derecho a la defensa
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 7. k. Derecho a ser juzgado por un juez independiente, imparcial y competente
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. Derecho a la defensa
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 75. Derecho al acceso gratuito a la justicia
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
SENTENCIA - 012-11-SEP-CC18/08/2011 0:00:00 Abrir




Visualizaciones: 561