Sentencia: Sentencia No. 014-11-SCN-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 014-11-SCN-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0020-11-CNCN - Consulta de Constitucionalidad de NormaAzuay
MOTIVO:
El juez primero adjunto provincial de tránsito del Azuay elevó consulta a la Corte Constitucional a fin de que se pronuncie sobre la constitucionalidad del artículo 5 de la sección III, del capítulo II, del título XX, del libro I de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria. La consulta se dio a partir de la acción de hábeas data No. 53-2011, planteada por el señor Jhon Alejandro Pesantez Palomeque en contra del ingeniero Gustavo Muñoz González, intendente de Bancos y Seguros Regional Cuenca.
TEMA ESPECÍFICO: Control de constitucionalidad del artículo 5 de la sección III, del capítulo II, del título XX, del libro I de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria.
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Desechar
DECISIÓN:
1. Declarar que artículo 5 de la Sección III, Capítulo II, Título XX del Libro I de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, no contradice ni vulnera norma constitucional alguna. 2. Notificar esta sentencia a la Superintendencia de Bancos y Seguros y al Banco del Pacífico S. A., para los fines legales correspondientes.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Torres Regalado RenéPública0020-11-CN
LEGITIMADOS PASIVOS:
NOMBRETIPO LEGITIMADO PASIVO
Muñoz González GustavoPública
Pesantez Palomeque Jhon AlejandroPersona natural
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 428. Cuando una jueza o juez, de oficio o a petición de parte, considere que una norma jurídica es contraria a la Constitución o a los instrumentos internacionales…
Art. 173. Los actos administrativos de cualquier autoridad del Estado podrán ser impugnados,
Art. 92. Toda persona, por sus propios derechos o como representante, tendrá derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos…
Art. 66. 23. Derecho a dirigir quejas y peticiones
Art. 18. 1. Derecho a informar sin censura previa
Art. 429. La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia.
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 428. Cuando una jueza o juez, de oficio o a petición de parte, considere que una norma jurídica es contraria a la Constitución o a los instrumentos internacionales…
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
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