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NÚMERO DE SENTENCIA: | 020-10-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0583-09-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Pichincha |
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MOTIVO: |
El señor José Aurelio Fabara Figueroa, presidente y representante legal de la compañía Vial Fabara y Asociados Cía. Ltda., presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 1 de junio del 2009, por el Juzgado Cuarto de lo Civil de Pichincha, dentro del juicio ejecutivo No. 1353-2008-EH, mediante la cual se dispuso que el señor José Eduardo Fabara Vera Gerente General de la compañía deudora y suscriptor del pagaré a la orden, pague a la Compañía Olympus S.A., el capital de tres millones setecientos sesenta y siete mil doscientos cincuenta y seis 03/100 dólares de los Estados Unidos de América ($3.767.256,03), más los intereses respectivos. |
TEMA ESPECÍFICO: | Cobro de pagaré a la orden |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por el accionante.; 2. Declarar que al dictar la sentencia, el Juez Cuarto de lo Civil de Pichincha ha violado los derechos constitucionales de la tutela judicial efectiva (artículo 11, numeral 9); el derecho y garantía del debido proceso (artículo 76, numerales 1, 4 y 7, literales a, c, h y m); la seguridad jurídica (artículo 82).; 3. Disponer que el presente proceso se retrotraiga hasta el momento en que se verifica la violación de los derechos constitucionales antes mencionados, es decir, al momento de la citación con la demanda, a partir de cuyo momento procesal se deberá sustanciar la causa en otro juzgado.; 4. Disponer que el tiempo transcurrido hasta la presente fecha no sea considerado para efectos de prescripción. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Fabara Figueroa José Aurelio | Privada | 0583-09-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 86. Las garantías jurisdiccionales se regirán, en general, por las siguientes disposiciones: Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 437. 1. Que se trate de sentencias, autos y resoluciones firmes o ejecutoriados. Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Art. 169. El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… Art. 11. 9. Protección de los derechos garantizados en la Constitución por parte del Estado Art. 11. 3. Principio a que los derechos son de directa e inmediata aplicación Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación Art. 76. 7. h. Principio de contradicción Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 86. Las garantías jurisdiccionales se regirán, en general, por las siguientes disposiciones: |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 11. 9. Protección de los derechos garantizados en la Constitución por parte del Estado Art. 75. Derecho al acceso gratuito a la justicia Art. 76. 4. Valoración de la prueba Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación Art. 76. 7. h. Principio de contradicción Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | SENTENCIA - 020-10-SEP-CC | 11/05/2010 0:00:00 | Abrir | FE PRESENTACION | 27/08/2021 15:45:00 | Abrir | ESCRITO | 27/08/2021 15:45:00 | Abrir | CREDENCIAL | 27/08/2021 15:45:00 | Abrir | FE PRESENTACION | 23/05/2023 11:03:00 | Abrir | ESCRITO | 23/05/2023 11:03:00 | Abrir |
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