Sentencia: Sentencia No. 025-12-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 025-12-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0780-09-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónPichincha
MOTIVO:
Néstor Arboleda Terán, director nacional de Patrocinio, delegado del procurador general del Estado, interpuso acción extraordinaria de protección en contra de la Sentencia del 1 de abril del 2008, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la ex Corte Suprema de Justicia, dentro del proceso N.° 119-2006.
TEMA ESPECÍFICO: Impugnación de acto administrativo
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Negar
DECISIÓN:
1. Declarar que no ha existido vulneración de derechos constitucionales.; 2. Negar la acción extraordinaria de protección propuesta por el Director Nacional de Patrocinio, delegado del Procurador General del Estado, en contra de las sentencias pronunciadas por la Primera Sala del Tribunal Contencioso Administrativo de Quito, del 1 de diciembre del 2005, dentro de la causa No. 11.075-ML, y por la Sala Especializada de lo Contencioso Administrativo de la ex Corte Suprema de Justicia, dentro del recurso de casación No. 119-2006, sentencias resultantes de la acción presentada por el ingeniero Diego Fabián Bohórquez Montalvo en contra de la Comisión de Control Cívico contra la Corrupción (CCCC).
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Pública0780-09-EP
Arboleda Terán NéstorPública0780-09-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 137. El proyecto de ley será sometido a dos debates.
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
SENTENCIA - 025-12-SEP-CC08/03/2012 0:00:00 Abrir




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