Sentencia: Sentencia No. 029-11-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 029-11-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0551-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónTungurahua
MOTIVO:
La señora Inés Carmelita López Martínez presentó acción extraordinaria de protección en contra de la resolución de 4 de marzo de 2010, dictada por la Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Justicia de Tungurahua, dentro del juicio de inscripción de escritura No. 070-2009, 0591-2009 y 0343-2010, mediante la cual se resolvió aceptar el recurso de apelación y se ordenó que el Registrador de la Propiedad del cantón Ambato proceda a inscribir en el Registro la escritura pública de compra venta celebrada en la Notaría Séptima de Ambato, el 13 de octubre del 2008, entre Carlos Abelardo Freire y los cónyuges Vicente Isidora Peña Méndez y Blanca Delia Lara Álvarez.
TEMA ESPECÍFICO: Inscripción de escritura pública
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1.Declarar vulnerados los derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva, a la motivación, seguridad jurídica y propiedad, previstos en los artículos 75; 76, numeral 7 literal l; 82 y 321 de la Constitución de la República.; 2.Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por Inés Carmelita López Martínez y, en consecuencia, se deja sin efecto la sentencia dictada por la Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Tungurahua, del 4 de marzo del 2010, dentro del juicio de inscripción de escritura signado con el N.º 070-2009, debiendo el Registrador de la Propiedad del cantón Ambato marginar esta sentencia al pie de la inscripción realizada el 21 de julio del 2010.; 3.Dejar sin efecto la inscripción realizada el 21 de julio del 2010, bajo la partida N.º 4648 del Registro de Propiedad, mediante la cual el señor Carlos Abelardo Freire, representado por el señor José Gilberto Espín, vende a favor de Vicente Peña Méndez y Blanca Delia Lara Álvarez, el lote de terreno ubicado en la calle Maldonado y Av. Cevallos, para lo cual se le concede el plazo de ocho (8) días a partir de notificada la presente sentencia, luego de lo cual se remitirá a esta Corte su informe documentado sobre el cumplimiento de esta disposición.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
LOPEZ MARTINEZ INES CARMELITAPersona natural0551-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 1. El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente…
Art. 11. 9. Protección de los derechos garantizados en la Constitución por parte del Estado
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 4. Valoración de la prueba
Art. 75. Derecho al acceso gratuito a la justicia
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
AUTO ADMISION - 0551-10-EP08/09/2010 8:56:24 Abrir
SENTENCIA - 029-11-SEP-CC21/09/2011 0:00:00 Abrir




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