Sentencia: Sentencia No. 031-10-SCN-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 031-10-SCN-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0044-10-CNCN - Consulta de Constitucionalidad de NormaPichincha
0045-10-CNCN - Consulta de Constitucionalidad de NormaPichincha
0046-10-CNCN - Consulta de Constitucionalidad de NormaPichincha
0047-10-CNCN - Consulta de Constitucionalidad de NormaPichincha
MOTIVO:
El Juzgado Décimo Sexto de lo Civil de Pichincha, con sede en el cantón Pedro Moncayo, elevó consulta a la Corte Constitucional a fin de que se pronuncie sobre la constitucionalidad del inciso segundo del artículo 581 del Código de Trabajo. La consulta se dio a partir de las demandas laborales interpuestas por el señor Gustavo Jaime Portilla Recalde y otros.
TEMA ESPECÍFICO: Control de constitucionalidad del inciso segundo del artículo 581 del Código de Trabajo, publicado en el suplemento de Registro Oficial N.° 167 del 16 de diciembre de 2005.
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar que el contenido del inciso segundo del artículo 581 del Código del Trabajo, que señala "Si una de las partes ha obtenido directamente documentos no adjuntados en la diligencia preliminar, necesarios para justificar sus afirmaciones o excepciones, podrá entregarlos al juez antes de los alegatos", contraviene y vulnera lo dispuesto en los artículos 11, numeral 2; 66 numeral 4, y 75 de la Constitución de la República, por lo que se declara su inconstitucionalidad y se dispone suspender la aplicación con carácter general y obligatorio, con su expulsión del ordenamiento jurídico nacional. 2. Devolver el expediente al Juez para los fines legales pertinentes.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
INTRIAGO DE SOTO ANAPública0044-10-CN
Intriago De Soto AnaPública0045-10-CN
INTRIAGO DE SOTO ANAPública0046-10-CN
Intriago De Soto AnaPública0047-10-CN
LEGITIMADOS PASIVOS:
NOMBRETIPO LEGITIMADO PASIVO
Jarrín Villacreses Rodrigo EduardoPersona natural
Ponce Montesinos MarcosPersona natural
Jarrín Villacreses María de las MercedesPersona natural
Portilla Recalde Gustavo JaimePersona natural
Jarrín Villacreses Rodrigo EduardoPersona natural
Vinueza Mejía Juan CervadoPersona natural
Jarrín Villacreses María de las MercedesPersona natural
Jarrín Villacreses Rodrigo EduardoPersona natural
Jarrín Villacreses María de las MercedesPersona natural
Vinueza Mejía Olga MargodPersona natural
Jarrín Villacreses María de las MercedesPersona natural
Vinueza Mejía Marlene del CarmePersona natural
Jarrín Villacreses Rodrigo EduardoPersona natural
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 11. 1. Principio de la exigibilidad de los derechos
Art. 75. Derecho al acceso gratuito a la justicia
Art. 66. 4. Derecho a la igualdad formal y material
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 76. 7. Derecho a la defensa
Art. 11. 2. Principio de igualdad y no discriminación en razón de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género…
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
SENTENCIA - 031-10-SCN-CC02/12/2010 0:00:00 Abrir




Visualizaciones: 842