Sentencia: Sentencia No. 031-12-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 031-12-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1701-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
Luis Orlando Navarrete Yépez, contralmirante en servicio pasivo, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia emitida el 3 de septiembre del 2010, por la Primera Sala de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro de la acción de protección No. 567-2010, mediante la cual se resolvió confirmar la sentencia subida en grado que declaró sin lugar la demanda presentada en contra del director general del ISSFA.
TEMA ESPECÍFICO: Incremento de pensión jubilar
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Se declara la vulneración del derecho constitucional a la motivación previsto en el literal l numeral 7 del artículo 76, y puesto que los derechos son interdependientes, vulneran también los derechos constitucionales del accionante al debido proceso, derecho a la defensa y presunción de inocencia previstos en el numeral 2 y 7 literal a del artículo 76.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por el contralmirante en servicio pasivo Luis Orlando Navarrete Yépez.; 3. Dejar sin efecto la sentencia emitida el 3 de septiembre del 2010 por la Primera Sala de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas y la sentencia emitida el 21 de mayo del 2005 por la jueza tercero de Tránsito del Guayas; 4. Dejar sin efecto el asiento contable, auto de pago y en general cualquier proceso de cobro, que estuviere ejecutándose por los valores supuestamente pagados de manera indebida a favor del contralmirante en servicio pasivo Luis Orlando Navarrete Yépez, pensionista del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.; 5. Disponer que el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA), proceda a la devolución de los valores de pensión jubilar que, hasta la fecha, han sido retenidos al contralmirante en servicio pasivo Luis Orlando Navarrete Yépez, en virtud de la apertura del asiento contable y el proceso coactivo iniciado y seguido en su contra por el dinero pagado supuestamente en forma indebida.; 6. Disponer al Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas que el pago de las pensiones jubilares que le corresponden al contralmirante en servicio pasivo Luis Orlando Navarrete Yépez, sigan cancelándose íntegramente y de forma mensual, conforme lo dispone la ley.; 7. Delegar a la Defensoría del Pueblo, conforme establece el tercer inciso del artículo 21 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, a fin de que dé seguimiento al cumplimiento de la presente sentencia y que se informe al respecto a esta Corte en el término de 15 días.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Navarrete Yèpez Luis OrlandoPersona natural1701-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. Derecho al debido proceso
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 223. Los órganos electorales estarán sujetos al control social; se garantizará a las organizaciones políticas y candidaturas la facultad de control…
Art. 227. La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
Art. 35. Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria
Art. 76. 2. Principio de presunción de inocencia
Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación
Art. 76. Derecho al debido proceso
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. 2. Principio de presunción de inocencia
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
SENTENCIA - 031-12-SEP-CC08/03/2012 0:00:00 Abrir
SENTENCIA - 1701-10-EP20/06/2012 10:45:28 Abrir




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