Sentencia: Sentencia No. 032-10-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 032-10-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0273-09-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
La abogada Gliset Plaza Molina, subsecretaria general jurídica del Ministerio de Finanzas, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 18 de septiembre del 2008, por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la ex Corte Suprema de Justicia, dentro del juicio No. 103-2006-NG, en la que resolvió el recurso de casación que interpuso el Ministro de Finanzas de la sentencia pronunciada por el Tribunal Distrital No. 2 de lo Contencioso Administrativo, dentro de la demanda en contra del Ministerio de Salud, realizada por los Médicos tratantes y en funciones adminsitrativas de ocho horas diarias, en la provincia del Guayas.
TEMA ESPECÍFICO: Pago de remuneraciones
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Negar
DECISIÓN:
Negar la acción extraordinaria de protección propuesta por la abogada Gliset Plaza Molina, Subsecretaria General Jurídica del Ministerio de Finanzas.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Plaza Molina GlisetPública0273-09-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 226. Quien actúe en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley
Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico.
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 11. 3. Principio referido a la plena justiciabilidad de los derechos
Art. 1. El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente…
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
SENTENCIA - 032-10-SEP-CC15/07/2010 0:00:00 Abrir
FE PRESENTACION27/12/2023 16:20:31 Abrir
ESCRITO27/12/2023 16:20:31 Abrir
ACCION DE PERSONAL DJP27/12/2023 16:20:31 Abrir
PEDIDO UNIDAD JUDICIAL27/12/2023 16:20:31 Abrir
RESPUESTA A UNIDAD JUDICIAL27/12/2023 16:20:31 Abrir




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