Sentencia: Sentencia No. 033-10-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 033-10-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0167-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónManabí
MOTIVO:
Ariosto Andrade Díaz, gerente general y representante legal del Banco Comercial de Manabí, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia del 22 de diciembre del 2009 y del auto del 21 de enero del 2010, dictados por la Sala de lo Civil, Mercantil y Familia de la Corte Nacional de Justicia; y de la sentencia del 7 de abril del 2009 y auto del 21 de enero del 2010 dictados por la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, dentro del juicio ordinario No. 656-09 por nulidad interpuesto en contra de Humberto Argemiro Azúa Guillén.
TEMA ESPECÍFICO: Liquidación de sobregiro
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por el accionante, y en consecuencia, dejar sin efecto las siguientes resoluciones: a) Sentencia dictada por la Sala de lo Civil, Mercantil y Familia de la Corte Nacional de Justicia, el 22 de diciembre del 2009, dentro del juicio ordinario No. 656-09, que por nulidad de sentencia sigue en contra de Humberto Argemiro Azúa Guillén; b) Auto que niega la petición de aclaración, dictado el 21 de enero del 2010, por la misma Sala de la Corte Nacional de Justicia; c) Sentencia dictada por la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, de fecha 7 de abril del 2009; y, d) Auto que niega la petición de aclaración, dictado por la misma Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, de fecha 11 de mayo del 2009. Se declaran violados los derechos constitucionales del debido proceso y defensa (artículo 76 de la Constitución).; 2. Ordenar que el presente trámite se retrotraiga hasta el momento en que se verifica la violación de los derechos constitucionales mencionados, es decir, al momento inmediatamente anterior al que la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Manabí dicta sentencia con fecha 7 de abril del 2009 y por ende el auto que niega la aclaración solicitada de fecha 11 de mayo del 2009; en tal virtud, devuélvase el proceso a la Corte Provincial de Manabí para que luego del análisis procesal respectivo, sean nuevos jueces los que dicten la sentencia de segunda instancia.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Andrade Díaz AriostoPrivada0167-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 66. 26. Derecho a la propiedad
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 76. 4. Valoración de la prueba
Art. 76. 6. Principio de proporcionalidad
Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones
Art. 76. 7. h. Principio de contradicción
Art. 76. 7. j. Comparecencia de testigos o peritos
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 321. El Estado reconoce y garantiza el derecho a la propiedad en sus formas pública, privada, comunitaria, estatal, asociativa, cooperativa, mixta…
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 7. i. Principio non bis in ídem
Art. 1. El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente…
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico.
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. Derecho a la defensa
Art. 76. 4. Valoración de la prueba
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 76. 7. Derecho a la defensa
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
CONCEPTOS DESARROLLADOS: Recurso de casación
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: Recurso de casación: Es un recurso extraordinario que tiene por objeto anular una sentencia judicial que contiene una interpretación incorrecta, o indebida aplicación de la ley, o que ha sido dictada en un procedimiento que no ha cumplido las solemnidades legales, es decir, por un error in judicando o bien error in procedendo según el caso. Su fallo le corresponde a un tribunal superior de justicia y, habitualmente al de mayor jerarquía.
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
AUTO ADMISION - 0167-10-EP10/05/2010 14:29:07 Abrir
SENTENCIA - 033-10-SEP-CC29/07/2010 0:00:00 Abrir




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