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NÚMERO DE SENTENCIA: | 035-14-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 1989-12-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Pichincha |
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MOTIVO: |
La señora Cecilia Alexandra Meneses Pérez, representante legal de la compañía Wyeth Consumer Healthcare, Ltda, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 9 de noviembre de 2012, dictada por la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio N.º 0102-2011 por impugnación a una resolución tributaria expedida por la Corporación Aduanera Ecuatoriana. |
TEMA ESPECÍFICO: | Declaración tributaria |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración del derecho al debido proceso en las garantías del cumplimiento de las normas y los derechos de las partes y a la motivación, así como los derechos a la tutela judicial efectiva y seguridad jurídica.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medida de reparación integral se dispone:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia de casación dictada por la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, el 09 de noviembre de 2012, motivo de la presente acción extraordinaria de protección.; 3.2. Retrotraer el proceso hasta el momento en que se produjo la vulneración de derechos constitucionales; esto es, al momento de dictar sentencia de casación.; 3.3. Devolver el expediente a la Corte Nacional de Justicia, para definir el Tribunal de la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario que resuelva el recurso de casación de acuerdo con las reglas y principios constitucionales enunciados en la presente sentencia. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | CECILIA ALEXANDRA MENESES PEREZ, APODERADA GENERAL | Privada | 1989-12-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 66. 4. Derecho a la igualdad formal y material Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales Art. 76. Derecho al debido proceso Art. 32. Derecho a la salud |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección… Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 172. Las juezas y jueces administrarán justicia con sujeción a la Constitución, a los instrumentos internacionales de derechos humanos y a la ley. Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva Art. 76. Derecho al debido proceso Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva Art. 76. Derecho al debido proceso |
CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Derecho a la motivación |
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Derecho a la motivación: La motivación de las resoluciones emitidas dentro del poder público y más aún de los órganos jurisdiccionales, constituye, sin duda alguna, una garantía esencial con el fin de evitar la arbitrariedad y lograr el cumplimiento efectivo de las decisiones adoptadas. Es decir que la motivación no solo implica hacer referencia a los argumentos esgrimidos durante el proceso o a citar normas aplicables al caso en concreto, sino que debe reunir ciertos elementos como son la razonabilidad, suficiencia, claridad, coherencia y lógica, pues solo así se pone en relieve la acción justa, imparcial y desinteresada del juez al interpretar los hechos y aplicar el derecho. |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION CC 1989-12-EP.pdf | 09/01/2013 11:43:34 | Abrir | CERTIFICACION - CERTIFICACION 1989-12-EP.pdf | 09/01/2013 11:43:47 | Abrir | DEMANDA - DEMANDA 1989-12-EP.pdf | 09/01/2013 11:44:00 | Abrir | ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO 1989-12-EP.pdf | 09/01/2013 11:44:14 | Abrir | PROVIDENCIA DEL INFERIOR - PROVIDENCIA DEL INFERIOR 1989-12-EP.pdf | 09/01/2013 11:44:28 | Abrir | AUTO SALA DE ADMISION CASO 1989-12-EP - 1989-12-EP-auto-jm.pdf | 06/05/2013 15:11:11 | Abrir | Auto avoco conocimiento - Avoco Conocimiento.pdf | 23/08/2013 10:58:42 | Abrir | razon de notifiación - Razon de Notificacion Avoco.pdf | 01/11/2013 9:22:54 | Abrir | memo de remisión de expediente - MEMO SENTENCIAS.pdf | 01/11/2013 9:23:33 | Abrir | AVOCO PARA EL PLENO - 1989-12-EP-prov.pdf | 04/11/2013 9:50:40 | Abrir | sentencia - 1989-12-EP-sen (2).pdf | 27/03/2014 15:52:51 | Abrir | auto de Pleno - 1899-12-EP.pdf | 28/06/2016 18:11:13 | Abrir |
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