Sentencia: Sentencia No. 043-10-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 043-10-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0174-09-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónPichincha
MOTIVO:
Gustavo Ayala Pullas, representante legal de la compañía Licores de Exportación S.A. (LICORESA), presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia del 25 de febrero del 2009 y del auto del 03 de marzo del 2009, dictados por la Sala de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, dentro del recurso No. 152-2007, mediante los cuales se resolvió casar la sentencia expedida por la Tercera Sala del Tribunal de lo Fiscal No. 1 y se negó la solicitud de ampliación de la sentencia.
TEMA ESPECÍFICO: Impugnación de acto administrativo
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar parcialmente
DECISIÓN:
1. Aceptar parcialmente la Acción Extraordinaria de Protección demandada por Gustavo Ayala Pullas, Representante Legal de la Compañía Licores de Exportación S.A. -LICORESA-.; 2. Dejar sin efecto la Sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, en el Recurso de Casación No. 152-2007.; 3. Disponer que el Recurso de Casación se vuelva a sustanciar por parte de los Conjueces de la Corte Nacional de Justicia; 4. Disponer que el tiempo transcurrido hasta la presente fecha no sea considerado para efectos de la caducidad.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Ayala Pullas GustavoPrivada0174-09-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 7. k. Derecho a ser juzgado por un juez independiente, imparcial y competente
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 169. El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia.
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: No se identifican derechos
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
SENTENCIA - 043-10-SEP-CC23/09/2010 0:00:00 Abrir




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