Sentencia: Sentencia No. 047-10-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 047-10-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0672-09-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
El Almirante Tomás Leroux Murillo, Gerente y representante de la Autoridad Portuaria de Guayaquil, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 12 de marzo del 2009, por la Segunda Sala de lo Laboral, de la Niñez y de la Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro del juicio laboral No. 895-2008-2, que siguió Emilio Zúñiga Brocell en contra de Autoridad Portuaria de Guayaquil.
TEMA ESPECÍFICO: Pago de haberes pendientes
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Negar
DECISIÓN:
Negar la acción extraordinaria de protección deducida por el accionante, contra la sentencia dictada por la Segunda Sala de lo Laboral, de la Niñez y la Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro del trámite laboral No. 895-08-2 que siguió el señor Emilio José Zúñiga Brocell, en contra de la institución mencionada.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Leroux Murillo TomásPública0672-09-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. 7. b. Derecho a contar con tiempo y medios adecuados para la defensa
Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones
Art. 76. 7. d. Principio de publicidad de los procesos
Art. 76. 7. h. Principio de contradicción
Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación
Art. 76. 7. h. Principio de contradicción
Art. 76. 7. d. Principio de publicidad de los procesos
Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones
Art. 76. 7. b. Derecho a contar con tiempo y medios adecuados para la defensa
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. 7. Derecho a la defensa
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
AUTO ADMISION - 0672-09-EP14/04/2010 11:29:42 Abrir
AUTO ADMISION - 0672-09-EP14/04/2010 15:26:56 Abrir
SENTENCIA - 047-10-SEP-CC21/10/2010 0:00:00 Abrir




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