Sentencia: Sentencia No. 047-12-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 047-12-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0202-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónPichincha
MOTIVO:
William Zambrano Espinoza, procurador común de los perjudicados del "Caso Cabrera", interpuso acción extraordinaria de protección en contra de la Sentencia del 2 de diciembre del 2009, dictada por la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, dentro de un proceso por estafa.
TEMA ESPECÍFICO: Estafa
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración de los derechos constitucionales previstos en los artículos 75 y 76, numeral 7 literal k de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por William Zambrano Espinoza, dentro del expediente N.º 0202-10-EP,; 3. Dejar sin efecto jurídico la sentencia dictada por la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia del 2 de diciembre del 2009 a las 10h00, así como todas las medidas que se hubiesen dictado como consecuencia de la misma.; 4. Disponer que el proceso sea sustanciado nuevamente a partir de la providencia dictada por el Dr. Máximo Ortega Ordóñez, el 2 de octubre del 2009 a las 10h00, constante a fojas 38 del expediente, actuación a partir de la cual se vulneró el derecho al debido proceso. Asimismo, quedan sin efecto todas las actuaciones realizadas a partir de dicha fecha.; 5. Suspender el decurso de los plazos de la prescripción, desde la fecha en que se presentó la acción extraordinaria de protección, hasta cuando la causa empiece la sustanciación dispuesta en la presente sentencia.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPersona natural0202-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 75. Derecho al acceso gratuito a la justicia
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico.
Art. 75. Derecho al acceso gratuito a la justicia
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. k. Derecho a ser juzgado por un juez independiente, imparcial y competente
Art. 75. Derecho al acceso gratuito a la justicia
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