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NÚMERO DE SENTENCIA: | 051-12-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0805-09-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Guayas |
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MOTIVO: |
Luis Gentil Saavedra Lecaro, gerente general de las compañías Tiempa S.A. y Monsel S.A., presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia expedida por la Tercera Sala de lo Civil de la anterior Corte suprema de Justicia y de los fallos dictados por la Segunda Sala de lo Civil de la ex Corte Superior de Justicia de Guayaquil y por el Juzgado Octavo de lo Civil de Guayaquil, dentro del juicio No. 279-S-2002, fallos en los cuales se desechó el recurso de apelación y se declaró sin lugar la demanda de nulidad de escritura pública. |
TEMA ESPECÍFICO: | Nulidad de escritura |
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DECISIÓN RESUMEN: | Negar |
DECISIÓN: |
1. Declarar que no ha existido vulneración de derechos constitucionales.; 2. Negar la acción extraordinaria de protección deducida por Luis Gentil Saavedra Lecaro, representante legal de las compañías TIEMPA S. A, y MONSEL S. A. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | Saavedra Lecaro Luis Gentil | Privada | 0805-09-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 4. Valoración de la prueba Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva Art. 11. 8. Principio de progresividad de los derechos Art. 11. 3. Principio a que los derechos son de directa e inmediata aplicación Art. 11. 2. Principio de igualdad y no discriminación en razón de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género… Art. 426. Todas las personas, autoridades e instituciones están sujetas a la Constitución. Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Art. 172. Las juezas y jueces administrarán justicia con sujeción a la Constitución, a los instrumentos internacionales de derechos humanos y a la ley. Art. 169. El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Art. 168. La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: Art. 167. La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por los órganos de la Función Judicial y por los demás órganos y funciones establecidos Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 76. 7. k. Derecho a ser juzgado por un juez independiente, imparcial y competente Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 76. 7. k. Derecho a ser juzgado por un juez independiente, imparcial y competente Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones Art. 76. Derecho al debido proceso Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección… Art. 429. La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia. Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | SENTENCIA - 051-12-SEP-CC | 27/03/2012 0:00:00 | Abrir | SENTENCIA - 0805-09-EP | 20/06/2012 10:22:18 | Abrir |
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