Sentencia: Sentencia No. 052-11-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 052-11-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0502-11-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónManabí
MOTIVO:
César Alfredo Efraín Regalado Iglesias, representante legal y gerente general de la Empresa Pública Corporación Nacional de Telecomunicaciones, CNT EP, presentó acción extraordinaria de protección en contra de los autos emitidos el 29 de diciembre del 2010 y el 20 de enero del 2011 por el Juzgado primero de Tránsito de Manabí y de las decisiones emitidas por la Sala de lo Laboral, Niñez y Adolescencia de Manabí, el 14 de febrero del 2011 y el 24 de febrero del 2011, dentro de la medida cautelar No. 104-2010.
TEMA ESPECÍFICO: Pensiones de jubilación patronal
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar vulnerados los derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva y a la seguridad jurídica.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por César Alfredo Efraín Regalado Iglesias, en su calidad de representante legal y gerente general de la Empresa Pública Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT EP); 3. Dejar sin efecto y validez jurídica el proceso de medidas cautelares No. 104-2010 y 006-2011 sustanciado por el juez primero de tránsito de Manabí y los jueces de la Sala de lo Laboral, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Manabí, respectivamente.; 4. Remitir copias certificadas de la presente sentencia al Consejo de la Judicatura de Transición, para los fines legales pertinentes.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
CESAR ALFREDO EFRAIN REGALADO IGLESIASPública0502-11-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 321. El Estado reconoce y garantiza el derecho a la propiedad en sus formas pública, privada, comunitaria, estatal, asociativa, cooperativa, mixta…
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 4. Valoración de la prueba
Art. 76. 3. Derecho a la jurisdicción y competencia
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 321. El Estado reconoce y garantiza el derecho a la propiedad en sus formas pública, privada, comunitaria, estatal, asociativa, cooperativa, mixta…
Art. 66. 29. d. Que ninguna persona pueda ser obligada a hacer algo prohibido o a dejar de hacer algo no prohibido por la ley.
Art. 66. 26. Derecho a la propiedad
Art. 66. 16. Derecho a la contratación
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 7. Derecho a la defensa
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 75. Derecho al acceso gratuito a la justicia
Art. 87. Se podrán ordenar medidas cautelares conjunta o independientemente de las acciones constitucionales de protección de derechos…
Art. 439. Las acciones constitucionales podrán ser presentadas por cualquier ciudadana o ciudadano individual o colectivamente.
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 76. 7. Derecho a la defensa
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