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NÚMERO DE SENTENCIA: | 053-11-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0527-10-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Guayas |
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MOTIVO: |
El doctor Carlos Polit Faggioni, contralor general del Estado, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 28 de septiembre del 2009, por la Primera Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro de la acción de protección planteada por el abogado Willian Edison Muñoz Monroy, en contra de la Contraloría General del Estado. |
TEMA ESPECÍFICO: | Destitución de servidor público |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración de los derechos constitucionales a la motivación y a la seguridad jurídica, previstos en los artículos 76 numeral 7 literal l y 82 de la Carta Magna.
2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por el señor Contralor General del Estado, Dr. Carlos Polit Faggioni y, en consecuencia, se deja sin efecto la sentencia dictada el 10 de junio del 2009 por el juez sexto de tránsito del Guayas, dentro de la acción de protección N.º 04-2009, así como la sentencia del 28 de septiembre del 2009, dictada por la Primera Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro de la apelación signada con el N.º 382-2009. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | POLIT FAGGIONI CARLOS | Pública | 0527-10-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 78. Derechos de las víctimas a la reparación integral Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 173. Los actos administrativos de cualquier autoridad del Estado podrán ser impugnados, |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 76. 3. Derecho a la jurisdicción y competencia Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución… Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 76. 7. h. Principio de contradicción Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Seguridad jurÍdica |
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: | "La firmeza de las decisiones es una condición necesaria para la seguridad jurídica. Si los litigios concluyen definitivamente un día, y tanto las partes implicadas en él como el resto de la comunidad, tienen certeza de que a partir de eses momento la decisión judicial es inalterable, el proceso cumple un papel eficaz en la solución de los conflictos (..)\ |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | AUTO ADMISION - 0527-10-EP | 10/06/2010 14:59:35 | Abrir | SENTENCIA - 053-11-SEP-CC | 15/12/2011 0:00:00 | Abrir | SENTENCIA - 0527-10-EP | 26/06/2012 12:34:01 | Abrir |
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