Sentencia: Sentencia No. 055-10-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 055-10-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0213-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónPichincha
MOTIVO:
La presente Acción Extraordinaria de Protección es en contra del auto, dictado por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, mediante la cual se resolvió aceptar la acción de protección y se pague la correspondiente indemnización.
TEMA ESPECÍFICO: Sanciones a medios de comunicación
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Aceptar la acción extraordinaria de protección interpuesta por el Ingeniero Fabián Jaramillo Palacios, Superintendente de Telecomunicaciones, en los siguientes términos:; a) Declarar la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, debido proceso y tutela judicial efectiva.; b) Dejar sin efecto la sentencia dictada por la Primera Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, del 01 de febrero de 2010 a las 17h00, motivo de la presente acción extraordinaria de protección, retrotrayéndose los efectos del proceso a la interposición del recurso de apelación.; c) Previo sorteo de ley correspondiente, deberá ser otra Sala de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha la que avoque conocimiento y sustancie el recurso citado.; 2. Remitir el expediente a la Corte Provincial de Justicia de Pichincha para los fines legales pertinentes.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Jaramillo Palacios FabiánPública0213-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 18. 1. Derecho a informar sin censura previa
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 213. Las superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas…
Art. 436. 2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos normativos de carácter general...
Art. 428. Cuando una jueza o juez, de oficio o a petición de parte, considere que una norma jurídica es contraria a la Constitución o a los instrumentos internacionales…
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 428. Cuando una jueza o juez, de oficio o a petición de parte, considere que una norma jurídica es contraria a la Constitución o a los instrumentos internacionales…
Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico.
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 426. Todas las personas, autoridades e instituciones están sujetas a la Constitución.
Art. 436. 4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos generales emitidos por toda autoridad pública.
Art. 436. 3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento concluya son contrarias a la Constitución.
Art. 436. 2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos normativos de carácter general...
Art. 86. Las garantías jurisdiccionales se regirán, en general, por las siguientes disposiciones:
Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución…
Art. 86. 3. Presentada la acción, la jueza o juez convocará inmediatamente a una audiencia pública…
Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico.
Art. 437. 2. Que el recurrente demuestre que en el juzgamiento se ha violado, por acción u omisión, el debido proceso u otros derechos reconocidos en la Constitución.
Art. 437. 1. Que se trate de sentencias, autos y resoluciones firmes o ejecutoriados.
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
AUTO ADMISION - 0213-10-EP10/05/2010 14:29:37 Abrir
SENTENCIA - 055-10-SEP-CC18/11/2010 0:00:00 Abrir




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