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NÚMERO DE SENTENCIA: | 064-14-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0831-12-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Guayas |
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MOTIVO: |
El señor Lucio Bernabé Montecé Giler, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 13 de diciembre de 2011 por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro de la acción de protección N.º 283-2011 mediante la cual se rechazó el recurso de apelación y se confirmó el auto dictado por el Juzgado Décimo Segundo de Garantías Penales del Guayas, en el que se declaró inadmisible la acción propuesta en contra del Tribunal de Disciplina de la Policía Nacional, la misma que solicitaba que se deje sin efecto la resolución de 24 de enero de 2011, en la cual se dio de baja de las filas policiales al accionante. |
TEMA ESPECÍFICO: | Baja de las filas policiales |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar vulnerado el derecho constitucional a la defensa por falta de motivación.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medida de reparación se dispone lo siguiente:; a. Retrotraer los efectos hasta el momento en que se produjo la vulneración de derechos constitucionales. En consecuencia, se deja sin efecto la sentencia dictada el 13 de diciembre de 2011, por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro de la acción de protección No. 283-2011.; b. Devolver el expediente a la Corte Provincial de Justicia del Guayas, a fin de que previo sorteo, otra Sala de lo Penal resuelva la causa, observando las garantías del debido proceso, evitando incurrir en las vulneraciones identificadas en esta sentencia. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONA | Persona natural | 0831-12-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. Derecho a la defensa Art. 76. Derecho al debido proceso Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
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