Sentencia: Sentencia No. 069-10-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 069-10-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0005-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónTungurahua
MOTIVO:
El doctor Carlos Pólit Faggioni, contralor general del Estado, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 2 de diciembre del 2009, por la Tercera Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, dentro de la acción de protección No. 924-2009, mediante la cual se dejó sin efecto el informe de indicios de responsabilidad penal DR.3.J.A.035-07 (DIRES-1428-2007).
TEMA ESPECÍFICO: Peculado
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por el accionante y, por lo tanto, dejar sin efecto la sentencia dictada el 2 de diciembre del 2009 a las 9h45 por la Tercera Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, dentro de la acción de protección No. 924-09.; 2. Disponer que otra Sala Especializada de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha conozca y resuelva el recurso de apelación en contra de la resolución de la Jueza Vigésima Cuarta de lo Civil de Pichincha, que niega la acción de protección interpuesta por Marco Antonio Armas Cabezas.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Pólit Faggioni CarlosPública0005-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 7. h. Principio de contradicción
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 212. 2. Determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal…
Art. 76. 7. h. Principio de contradicción
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
AUTO ADMISION - 0005-10-EP22/06/2010 16:42:10 Abrir
SENTENCIA - 069-10-SEP-CC09/12/2010 0:00:00 Abrir




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