Sentencia: Sentencia No. 071-12-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 071-12-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0126-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónPichincha
MOTIVO:
Carlos Pólit Faggioni, representante legal de la Contraloría General del Estado, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 4 de enero del 2010, por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, dentro del recurso de casación No. 375-2006, mediante la cual se rechazó el recurso de casación.
TEMA ESPECÍFICO: Impugnación de acto administrativo
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1.- Declarar vulnerados los derechos constitucionales al debido proceso en lo referente a la validez de las pruebas y motivación, y derecho a la defensa, previstos en el artículo 76 numeral 7 literales c y l de la Constitución de la República.; 2.- Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por el Dr. Carlos Pólit Faggioni, representante legal de la Contraloría General del Estado, en contra de la sentencia dictada por los jueces de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, expedida el 4 de enero del 2010 a las 15H45, dentro del recurso de casación.; 3.- Dejar sin efecto la sentencia de casación dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia.; 4.- Devolver el proceso a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, para que en base de la presente sentencia emita un pronunciamiento al respecto.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPública0126-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 7. h. Principio de contradicción
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. 4. Valoración de la prueba
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. Derecho al debido proceso
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 76. 4. Valoración de la prueba
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 7. h. Principio de contradicción
Art. 77. 7. c. Derecho a no ser forzado a declarar en su contra
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones
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