Sentencia: Sentencia No. 078-13-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 078-13-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1077-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónPichincha
MOTIVO:
El señor Alfonso Gabriel Torres Rivera presentó acción extraordinaria de protección en contra del auto emitido el 6 de julio de 2010 por la Cuarta Sala del Tribunal Distrital de lo Fiscal N.º 1 de Quito, dentro del juicio de impugnación N.º 2010-­0046-­RA seguido en contra del director regional norte y director general del Servicio de Rentas Internas, mediante el cual se resolvió abstenerse de calificar la demanda por no existir la correspondiente caución.
TEMA ESPECÍFICO: Juicio de impugnación
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Negar
DECISIÓN:
1. Declarar que no existe vulneración de derechos constitucionales.; 2. Negar la acción extraordinaria de protección presentada.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPersona natural1077-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
CONCEPTOS DESARROLLADOS: Derecho a la seguridad jurídica
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: Derecho a la seguridad jurídica: [M]ediante un ejercicio de interpretación integral del texto constitucional, se determina que el derecho a la seguridad jurídica es el pilar sobre el cual se asienta la confianza ciudadana en cuanto a las actuaciones de los distintos poderes públicos; en virtud de aquello, los actos emanados de dichas autoridades públicas deben observar las normas que componen el ordenamiento jurídico vigente, debiendo además sujetarse a las atribuciones que le compete a cada órgano.
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