Sentencia: Sentencia No. 085-12-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 085-12-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0568-11-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
El doctor Renán Mosquera Aulestia, procurador judicial y delegado del abogado Pedro Solines, superintendente de Bancos y Seguros, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia expedida por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro de la acción de protección No. 2010-889, propuesta por la compañía Hispana de Seguros S.A. en contra de la Superintendencia de Bancos y Seguros, mediante la cual se resolvió aceptar el recurso de apelación y se revocó la sentencia recurrida, declarando con lugar la acción propuesta.
TEMA ESPECÍFICO: Pólizas de seguros
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración de los derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva, a la seguridad jurídica, previstos en los artículos 75, 76 numeral 1 y 82 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección propuesta por el Dr. Renán Mosquera Aulestia, procurador judicial y delegado del Ab. Pedro Solines, superintendente de bancos y seguros y, en consecuencia, dejar sin efecto la sentencia de mayoría expedida por la Primera Sala de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas el 4 de enero de 2011 a las 10h00, dentro del proceso No. 889-2010 (acción de protección).
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
RENAN MOSQUERAAULESTIA, PROCURADOR JUDICIAL DE PEDRO SOLINES CHACONPública0568-11-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 66. Derechos de libertad
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 66. Derechos de libertad
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