|
NÚMERO DE SENTENCIA: | 087-14-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0852-10-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Pichincha |
|
MOTIVO: |
El doctor Carlos Enrique Ojeda Jaramillo presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 5 de marzo de 2010 dictada por la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio Nº 1322-2009 por injurias, mediante la cual se aceptó el recurso de revisión presentado por la señora Catalina Eliselda Delgado Abril, el mismo que absolvió a la procesada y revocó las medidas cautelares reales y personales que habían sido adoptadas. |
TEMA ESPECÍFICO: | Injuria no calumniosa grave |
|
DECISIÓN RESUMEN: | Negar |
DECISIÓN: |
1. Declarar que no existe vulneración de derechos constitucionales.; 2. Negar la acción extraordinaria de protección presentada.; 3. Devolver el expediente al juez de origen para los fines legales pertinentes. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONA | Persona natural | 0852-10-EP |
|
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 7. Derecho a la defensa |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 76. 7. Derecho a la defensa |
CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Derecho a la defensa |
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Derecho a la defensa: En base a lo expuesto se colige que el derecho a la defensa es un elemento de trascendental importancia para el debido proceso en razón de que este constituye a su vez un principio general de la administración de justicia, a través del cual se procura garantizar que las personas, cuenten con los medios adecuados y oportunos para la defensa de sus intereses. Además consiste en garantizar a toda persona el derecho a ciertas garantías mínimas durante el transcurso de un proceso para asegurar un resultado justo y equitativo dentro de un determinado proceso, que incluye la oportunidad de ser escuchado para hacer valer sus pretensiones frente al juez. Consecuentemente, privar a una persona de su ejercicio, constituiría dejarla en indefensión. |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
|
| |
|
NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | AUTO ADMISION - 0852-10-EP | 18/12/2010 15:06:21 | Abrir | SENTENCIA - 087-14-SEP-CC | 21/05/2014 0:00:00 | Abrir | PUBLICACION RO - 0852-10-EP | 16/07/2014 6:10:47 | Abrir |
|
|
Visualizaciones: 578 |
|