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NÚMERO DE SENTENCIA: | 089-13-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 1203-12-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Guayas |
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MOTIVO: |
La señora Silvana Elizabeth Satán Rodríguez, gerente general de la Compañía Santa Rosa Acopio-Pesca, S.A., presentó acción extraordinaria de protección en contra del auto resolutorio del 27 de octubre de 2010, dictado por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, mediante el cual se resolvió declarar el abandono de la acusación particular por concepto de querella por injuria no calumniosa grave y se resolvió el pedido de ampliación, dentro del juicio N.º 766-2008, seguido en contra del señor Patricio Cisneros Granizo y otros. |
TEMA ESPECÍFICO: | Querella |
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DECISIÓN RESUMEN: | Negar |
DECISIÓN: |
1. Declarar que no existe vulneración de los derechos constitucionales.; 2. Negar la acción extraordinaria de protección propuesta. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONA | Privada | 1203-12-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. Derecho al debido proceso |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 11. 3. Principio a que los derechos son de directa e inmediata aplicación Art. 11. 3. Principio referido a la plena justiciabilidad de los derechos Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección… Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. Derecho al debido proceso |
CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Acción extraordinaria de protección |
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Acción extraordinaria de protección: Dentro de las garantías jurisdiccionales constantes en la Norma Suprema, se ha instituido entre otras, la mencionada acción extraordinaria de protección, con la finalidad de revisar el debido cumplimiento, observancia y respeto de los derechos determinados en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, en lo que respecta al debido proceso y a la prestación de una tutela efectiva en los procesos judiciales sean estos ordinarios o constitucionales; en tal virtud, se debe tener presente que la naturaleza de esta acción persigue dos finalidades: por un lado corrige los posibles errores judiciales cometidos dentro de un proceso y por otro, sirve como herramienta jurídica que permita alcanzar la uniformidad constitucional, sentando precedentes indispensables para precautelar la plena y efectiva vigencia de los derechos garantizados en la Carta Magna. |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO.pdf | 10/09/2012 9:12:43 | Abrir | ACCION EXTRAORDINARIA - ACCION EXTRAORDINARIA.pdf | 10/09/2012 9:12:56 | Abrir | PROVIDENCIA DEL INFERIOR - PROVIDENCIA DEL INFERIOR.pdf | 10/09/2012 9:13:12 | Abrir | OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION CC.pdf | 10/09/2012 9:13:28 | Abrir | CERTIFICACION - CERTIFICACION.pdf | 10/09/2012 9:13:43 | Abrir | AUTO SALA DE ADMISION - 1203-12-EP-auto.pdf | 22/05/2013 14:02:57 | Abrir | RAZON AUTO DE ADMISION - 1203-12-EP-razon.pdf | 03/06/2013 8:26:41 | Abrir | SENTENCIA - 1203-12-EP-sen.pdf | 22/11/2013 15:12:53 | Abrir | RAZON DE DEVOLUCION - 1203-12-EP-dev.pdf | 26/06/2014 11:21:19 | Abrir |
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