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NÚMERO DE SENTENCIA: | 094-13-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0848-12-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Esmeraldas |
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MOTIVO: |
El doctor Pedro Marcelo Carrillo Ruiz, director nacional de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional y delegado del ministro del Interior, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 17 de febrero de 2012, dictada por la Sala de Conjueces de la Corte Provincial de Justicia de Esmeraldas, dentro de la acción de protección N.º 065-2011 mediante la cual se resolvió desechar el recurso de apelación y se confirma la sentencia subida en grado, en la cual se resolvió dejar sin efecto y sin valor jurídico la resolución N.º 2008-039-CG-B-ST-PAL, de 20 de octubre de 2008, por la cual se dio de baja al señor Jefferson Manuel Quiñónez Arroyo;; y, se ordena el reintegro inmediato del señor Quiñónez a las filas de la institución policial. |
TEMA ESPECÍFICO: | Baja de las filas policiales |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar vulnerado el derecho constitucional al debido proceso, por falta de motivación, consagrado en el artículo 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección.; 3. Como medida de reparación se dispone lo siguiente:; a. Retrotraer los efectos hasta el momento en que se produjo la vulneración de derechos constitucionales, esto es, al momento de dictar sentencia. En consecuencia, se deja sin efecto la sentencia expedida por la Sala de Conjueces de la Corte Provincial de Justicia de Esmeraldas, el 17 de febrero de 2012 a las 11h00.; b. Ordenar el sorteo de la causa con la finalidad de que sea resuelta por otra Sala de la Corte Provincial de Justicia de Esmeraldas. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONA | Pública | 0848-12-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección… Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… Art. 76. Derecho al debido proceso |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO.pdf | 01/10/2012 11:52:50 | Abrir | ACCION EXTRAORDINARIA DE PROTECCION - ACCION EXTRAORDINARIA.pdf | 01/10/2012 11:53:02 | Abrir | PROVIDENCIA DEL INFERIOR - PROVIDENCIA DEL INFERIOR.pdf | 01/10/2012 11:53:20 | Abrir | OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION CC.pdf | 01/10/2012 11:54:07 | Abrir | CERTIFICACION - CERT.pdf | 01/10/2012 11:54:26 | Abrir | AUTO SALA DE ADMISION - AUTO SALA DE ADMISION.pdf | 01/10/2012 11:54:38 | Abrir | CASILLAS - CASILLAS.pdf | 01/10/2012 11:54:50 | Abrir | MEMORANDO - MEMORANDO.pdf | 01/10/2012 11:55:04 | Abrir | SENTENCIA - 0848-12-EP-sen.pdf | 25/11/2013 9:17:15 | Abrir | OFICIO AL INFERIOR - 0848-12-EP-dev.pdf | 06/01/2014 11:27:26 | Abrir |
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