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NÚMERO DE SENTENCIA: | 096-13-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0318-11-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Chimborazo |
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MOTIVO: |
El señor Fausto Gil Sáenz Zavala, director provincial de educación del Azuay, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 25 de noviembre de 2010, dictada por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, dentro de la acción de protección N.º 273-2010, mediante la cual se resolvió revocar la sentencia subida en grado y se dispone que se realice la reliquidación y el pago de los valores a favor del señor Luis Bolívar Bravo Bravo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, inciso primero, del Mandato Constituyente N.º 2. |
TEMA ESPECÍFICO: | Reliquidación laboral |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración del derecho constitucional a la seguridad jurídica, consagrado en el artículo 82 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medida de reparación integral, esta Corte dispone:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia del 25 de noviembre de 2010, dictada por la Primera Sala de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Azuay.; 3.2. Dejar en firme la sentencia del 24 de septiembre de 2010, del Primer Tribunal de Garantías Penales del Azuay que declaró sin lugar la acción de protección presentada por el señor Luis Bolívar Bravo Bravo.; 4. Remitir el expediente al Primer Tribunal de Garantías Penales del Azuay para los fines legales pertinentes. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | FAUSTO GIL SAENZ ZAVALA | Pública | 0318-11-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 429. La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia. Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección… Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos… Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica |
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