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NÚMERO DE SENTENCIA: | 101-12-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 1115-10-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Los Ríos |
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MOTIVO: |
Antonio Pazmiño Ycaza, director regional 1 de la Procuraduría General del Estado, presentó acción extraordinaria de protección en contra del auto definitivo dictado el 29 de junio del 2010, por el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de Babahoyo, de Los Ríos y de los autos del 12 y 26 de marzo del 2010, dentro del proceso de amparo constitucional No. 336-1998, seguido por Eduardo Moreira Vera, apoderado general de los señores Luis Alfredo y José Antonio Moreira Vera en contra del Instituto Nacional de Desarrollo Agrario (INDA). |
TEMA ESPECÍFICO: | Expropiación |
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DECISIÓN RESUMEN: | Negar |
DECISIÓN: |
1. Declarar que no ha existido vulneración de derechos constitucionales.; 2. Negar la presente acción extraordinaria de protecciòn presentada por el director regional Nº. 1 de la Procuraduría General del Estado. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | PAZMIÑO YCAZA ANTONIO | Pública | 1115-10-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva Art. 76. Derecho al debido proceso |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 76. 7. k. Derecho a ser juzgado por un juez independiente, imparcial y competente Art. 11. 9. Protección de los derechos garantizados en la Constitución por parte del Estado |
CONCEPTOS DESARROLLADOS: | qué es un auto Tipos de Auto |
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: | es
un
acto procesal, de tribunal o juez, plasmado en una resolución
judicial
fundamentada
expresamente, que decide sobre el fondo, incidentes o cuestiones previas según lo
alegado o
probado
por las partes. En plural, la
palabra
"autos",
significa
expediente. los autos de mera interlocutoria o providencia, autos interlocutorio
simple y auto interlocutorio
definitivo:
Los primeros son los que deciden sobre
cuestiones
de mero
trámite
y
peticiones
secundarias
o
accidentales.
Los
segundos
que
deciden
fundadamente
sobre el
fondo
de
incidentes
y
cuestiones
previas y no afecta lo
principal de un proceso, y los terceros que son los que adquieren fuerza de sentencia al
decidir o definir una situación jurídica determinada, por ejemplo, auto que declara el
sobreseimiento
del
imputado
o el
auto
que
declara
la
deserción
de un
proceso. |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | AUTO ADMISION - 1115-10-EP | 16/08/2011 16:08:48 | Abrir | SENTENCIA - 101-12-SEP-CC | 03/04/2012 0:00:00 | Abrir | SENTENCIA - 1115-10-EP | 06/07/2012 16:21:33 | Abrir |
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