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NÚMERO DE SENTENCIA: | 108-14-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 1314-10-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Guayas |
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MOTIVO: |
La señora Sofía Cumandá Chapi Farfán, por sus propios derechos y los que representa como madre de la menor NN, presentó acción extraordinaria de protección en contra del auto dictado el 7 de mayo de 2010 por la Primera Sala Especializada de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, mediante el cual se revoca el auto de llamamiento a juicio y se dispuso el sobreseimiento provisional del imputado y del proceso penal por acoso sexual. |
TEMA ESPECÍFICO: | Sobreseimiento provisional |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar la vulneración del derecho constitucional al debido proceso en la garantía de la motivación, consagrado en el artículo76 numeral 7 literal 1 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección presentada.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone lo siguiente:; 3.1 Dejar sin efecto el auto de sobreseimiento del 7 de mayo del 2010, dictado por la Primera Sala de lo Penal y de Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro del Juicio Penal No. 847-A-2009.; 3.2 Retrotraer el proceso hasta el momento de la interposición de los recursos de apelación y nulidad.; 3.3 Disponer que, previo el sorteo correspondiente, otra Sala de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas resuelva los recursos de apelación y nulidad, en observancia de las garantías del debido proceso, expuestas en esta sentencia.; 3.4 Exhortar al Consejo de la Judicatura para que incorpore en los programas de capacitación a toda la Función Judicial la investigación y juzgamiento de actos de violencia sexual en contra de la mujer, bajo un enfoque de género, con arreglo a los estándares señalados en la presente sentencia y aquellos contenidos en el derecho internacional de los derechos humanos. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONA | Persona natural | 1314-10-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 7. Derecho a la defensa Art. 76. Derecho al debido proceso |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 76. 7. Derecho a la defensa Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | AUTO ADMISION - 1314-10-EP | 25/01/2011 17:02:54 | Abrir | SENTENCIA - 108-14-SEP-CC | 23/07/2014 0:00:00 | Abrir | PUBLICACION RO - 1314-10-EP | 20/08/2014 4:09:01 | Abrir |
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