Sentencia: Sentencia No. 109-14-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 109-14-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0064-12-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónManabí
MOTIVO:
El señor Pablo Serrano Cepeda, presidente y representante legal de la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Sindicales Libres, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 29 de noviembre de 2011 por la Primera Sala de lo Laboral, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, dentro de la acción de protección N.º 0327-­2011, mediante la cual se ratifica la sentencia subida en grado, la misma que inadmite la acción planteada por impugnación de un acto administrativo emitido por el ministro de Relaciones Laborales y la Dirección Regional de Trabajo de Manabí.
TEMA ESPECÍFICO: Inscripción de una junta directiva
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración del derecho constitucional al debido proceso en la garantía de la motivación, consagrado en el artículo 76 numeral 7 literal 1 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medida de reparación integral se dispone:; a. Dejar sin efecto las sentencias expedida el 29 de noviembre del 2011 a las 14h38, por la Primera Sala de lo Laboral, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Manabí, así como la sentencia del 5 de octubre del 2011 del Juzgado Décimo Sexto de lo Civil de Manabí a las 08h27.; b. Retrotraer el proceso hasta el momento anterior a la vulneración de los derechos constitucionales del accionante, es decir, hasta antes de la sentencia emitida el 5 de octubre del 2011 por el Juzgado Décimo Sexto de lo Civil de Manabí.; c. Disponer que, previo sorteo, otro juez de Manabí emita sentencia, observando lo establecido en esta sentencia, la Constitución, la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y las reglas jurisprudenciales emitidas por esta Corte.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPrivada0064-12-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
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