Sentencia: Sentencia No. 114-13-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 114-13-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1121-13-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónPichincha
MOTIVO:
El señor Carlos Eduardo Jarrín Ramia, gerente general y representante legal de la Compañía Casa LULÚ, S.A., presentó acción extraordinaria de protección en contra de la resolución dictada el 29 de mayo de 2013 por la Sala de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio de impugnación N.º 162-­2012, 090-­2010, mediante la cual se resolvió aceptar el recurso de casación interpuesto, se casa la sentencia dictada por la Segunda Sala Temporal del Tribunal Distrital de lo Fiscal N.º 2 de Guayaquil y se declara la validez y legitimidad de las resoluciones administrativas impugnadas y actas de determinación emitidas por concepto de impuesto a la renta del año 2006 e impuesto al valor agregado de junio a diciembre de 2006.
TEMA ESPECÍFICO: Impugnación de actas de determinación y resoluciones de pago
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar vulnerados los derechos constitucionales al debido proceso, previstos en los artículos 76 numerales 1 y 3 y a la seguridad jurídica constante en el artículo 82 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medida de reparación integral se dispone lo siguiente:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia de casación expedida el 29 de mayo de 2013 a las 10h40, por los jueces de la Corte Nacional de Justicia, dentro del recurso de casación No. 0162-2012.; 3.2. Dejar en firme la sentencia del 30 de diciembre de 2011 a las 10h39, dictada por los jueces de la Segunda Sala del Tribunal Distrital de lo Fiscal, con sede en la ciudad de Guayaquil.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPrivada1121-13-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 76. 3. Principio de legalidad
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 94. La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos…
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 3. Principio de legalidad
Art. 76. Derecho al debido proceso
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 3. Principio de legalidad
Art. 76. Derecho al debido proceso
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