Sentencia: Sentencia No. 118-13-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 118-13-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0956-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
El licenciado Raúl Vallejo Corral, ministro de Educación, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 20 de enero de 2010, dictada por la Primera Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro de la acción de protección N.º 764-­2009, mediante la cual se resolvió revocar la sentencia recurrida y en consecuencia declara con lugar la acción propuesta por el señor Miguel Ángel López Sánchez y se ordena la reincorporación al cargo de rector del Colegio Fiscal Técnico “Otto Arosemena Gómez” de la ciudad de Guayaquil y el pago de las remuneraciones que ha dejado de percibir.
TEMA ESPECÍFICO: Destitución de servidor público
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso, establecidos en los artículos 82 y 76 numeral 1 de la Constitución de la República.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medida de reparación integral se dispone:; Dejar sin efecto la sentencia de segunda y última instancia emitida en la acción de protección No. 764-2009, dictada por los jueces de la Primera Sala de lo Civil, Mercantil, Inquilinato y Materias Residuales de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, el 20 de enero de 2010, quedando en firme la sentencia de la jueza primera de Tránsito del Guayas.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
VALLEJO CORRAL RAULPública0956-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución…
Art. 226. Quien actúe en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
CONCEPTOS DESARROLLADOS: Acción de protección
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: Acción de protección: Al respecto, el artículo 88 de la Constitución de la República establece como condiciones para la procedencia de esta acción: que exista un acto u omisión de autoridad pública no judicial, que dicho acto u omisión implique violación de derechos constitucionales; que exista una política pública que suponga la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales y, cuando la violación proceda de una persona particular que concurran ciertos requisitos: que se provoque un daño grave, que se preste servicios públicos impropios, que se actué por delegación o concesión, o que la persona afectada se encuentre en estado de subordinación, indefensión o discriminación.; [A]cción de protección, esencialmente debe verificarse que los aspectos materia de dicha acción sobrepasen las características típicas del nivel de legalidad y por consiguiente necesitan ser tutelados en la esfera constitucional, para cuyo efecto la acción de protección es la garantía jurisdiccional idónea; siendo necesario también que el juez verifique efectivamente la vulneración de derechos constitucionales luego de un profundo estudio de razonabilidad de la causa concreta; caso contrario si el asunto controvertido no conlleva una cuestión de evidente relevancia constitucional, esto es vulneración de derechos constitucionales, no procederá la acción de protección y por ende deberá ser negada pues "(...) No todas las vulneraciones al ordenamiento jurídico necesariamente tienen cabida para el debate en la esfera constitucional ya que para conflictos en materia de legalidad existen las vías idóneas y eficaces dentro de la jurisdicción ordinaria.
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
AUTO ADMISION - 0956-10-EP20/12/2010 11:52:36 Abrir
SENTENCIA - 118-13-SEP-CC19/12/2013 0:00:00 Abrir




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