|
NÚMERO DE SENTENCIA: | 121-13-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0586-11-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Pichincha |
|
MOTIVO: |
El señor Larry César Naranjo Yépez presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 21 de febrero de 2011 y del auto de 10 de marzo de 2011 dictados por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio penal N.º 1290-2009 por hurto, mediante los cuales se resolvió acoger el dictamen fiscal y declara improcedente el recurso de casación respecto de la sentencia de 26 de febrero de 2009, dictada por el Tercer Tribunal de lo Penal de Pichincha, que dictó sentencia condenatoria y se le impuso la pena modificada de 6 meses de prisión correccional. |
TEMA ESPECÍFICO: | Prescripción de la acción penal |
|
DECISIÓN RESUMEN: | Negar |
DECISIÓN: |
1. Declarar que no ha existido vulneración de derechos constitucionales; 2. Negar la acción extraordinaria de protección |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONA | Persona natural | 0586-11-EP |
|
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 75. Derecho al acceso gratuito a la justicia Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva Art. 75. Derecho al acceso gratuito a la justicia |
CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Derecho a la tutela judicial efectiva Derecho al debido proceso |
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Derecho a la tutela judicial efectiva: El derecho a la tutela efectiva, imparcial y expedita de los derechos de las personas tiene relación con el derecho de acceso a los órganos jurisdiccionales para, luego de un proceso que observe las garantías mínimas establecidas en la Constitución y en la ley, hacer justicia. Por tanto, se puede afirmar que su contenido es amplio y se diferencian tres momentos: el primero relacionado con el acceso a la justicia; el segundo, con el desarrollo del proceso en estricto cumplimiento de la Constitución y la Ley en un tiempo razonable, y el tercero, en relación con la ejecución de la sentencia. Por lo tanto, bajo esta premisa se encuentra que el derecho a la tutela judicial efectiva mantiene una estrecha vinculación y dependencia con el derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso. Así, habrá tutela judicial efectiva, imparcial y expedita de los derechos si el órgano jurisdiccional, previo a dictar sentencia, ha observado la Constitución y la Ley; si ha aplicado normas claras, predeterminadas y públicas; si el proceso judicial se ha desarrollado con estricto respeto del debido proceso constitucional y si las partes han obtenido una sentencia motivada y fundada en derecho. Derecho al debido proceso: Del mismo modo, podemos decir que el debido proceso constituye un mínimo de presupuestos y condiciones que deben ser observados y fielmente cumplidos durante la tramitación de un procedimiento, para así asegurar las condiciones mínimas para la defensa y seguridad jurídica de las partes durante todo el transcurso del proceso hasta la obtención de una decisión adecuadamente motivada y fundada en derecho. |
SENTENCIAS RELACIONADAS: |
|
| |
|
NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | AUTO ADMISION - 0586-11-EP | 20/10/2011 10:16:59 | Abrir | ACCION EXTRAORDINARIA - ACCION EXTRAORDINARIA.pdf | 20/09/2012 8:41:21 | Abrir | ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO.pdf | 20/09/2012 8:41:34 | Abrir | AUTO DE ADMISION - AUTO DE ADMISION.pdf | 20/09/2012 8:41:48 | Abrir | AVOCO JUEZ SUSTANCIADOR - AVOCO.pdf | 20/09/2012 8:42:04 | Abrir | CASILLAS CONSTITUCIONALES - CASILLAS CONSTITUCIONALES.pdf | 20/09/2012 8:42:17 | Abrir | CERTIFICACION - CERTIF.pdf | 20/09/2012 8:42:41 | Abrir | MEMO JUEZ SUSTANCIADOR - MEMORANDO.pdf | 20/09/2012 8:42:59 | Abrir | OFICIO RECEPCION - OFICIO RECEPCION.pdf | 20/09/2012 8:43:17 | Abrir | PROVIDENCIA DEL INFERIOR - PROVIDENCIA.pdf | 20/09/2012 8:43:36 | Abrir | Memo recepción - Memo recepción SG.pdf | 01/02/2013 10:33:11 | Abrir | AUTO AVOCO 0586-11-EP - AVOCO CONOCIMIENTO.pdf | 11/09/2013 8:31:53 | Abrir | RAZON DE NOTIFICACIÓN - RAZÓN DE NOTIFICACIÓN.pdf | 11/09/2013 8:32:27 | Abrir | AVOCO PARA EL PLENO - 0586-11-EP-prov.pdf | 26/09/2013 8:58:58 | Abrir | SENTENCIA | 14/01/2014 17:23:49 | Abrir |
|
|
Visualizaciones: 3844 |
|