Sentencia: Sentencia No. 126-12-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 126-12-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1593-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónAzuay
MOTIVO:
Galo Rodrigo Yerovi Villalva, director nacional de Servicios Educativos DINSE, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia emitida el 04 de octubre del 2010, por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, dentro de la acción de protección No. 189-2010, mediante la cual se revocó la sentencia subida en grado y se dio con lugar la apelación interpuesta, disponiendo que el director nacional de Servicios Educativos o el Ministerio de Educación otorgue nombramiento a favor de la ingeniera Digna Emperatriz Morocho Tutillo.
TEMA ESPECÍFICO: Contrato de servicios ocasionales sucesivos
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1.- Declarar vulnerado el derecho a la igualdad material y formal, consagrado en el artículo 66 numeral 4, así como el precepto contenido en el artículo 228 de la Constitución de la República.; 2.- Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada por Galo Rodrigo Yerovi Villalva en calidad de director nacional de Servicios Educativos DINSE; en consecuencia, se deja sin efecto la sentencia dictada por la Primera Sala de lo Penal de la Corte de Justicia del Azuay, el 4 de octubre del 2010 a las 10h10, dentro de la acción de protección N.° 189-10.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Yerovi Villalva Galo RodrigoPública1593-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 228. El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición…
Art. 229. Serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen dentro del sector público.
Art. 228. El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición…
Art. 426. Todas las personas, autoridades e instituciones están sujetas a la Constitución.
Art. 425. El orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La Constitución; los tratados y convenios internacionales…
Art. 424. La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico.
Art. 83. 1. Acatar y cumplir la Constitución, la ley y las decisiones legítimas de autoridad competente.
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 226. Quien actúe en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley
Art. 83. 1. Acatar y cumplir la Constitución, la ley y las decisiones legítimas de autoridad competente.
Art. 436. 6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las garantías jurisdiccionales (JP, JI, JH,JC, JD)…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 228. El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición…
Art. 66. 4. Derecho a la igualdad formal y material
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
AUTO ADMISION - 1593-10-ep30/05/2011 16:33:06 Abrir
SENTENCIA - 126-12-SEP-CC10/04/2012 0:00:00 Abrir
SENTENCIA - 1593-10-EP20/06/2012 10:24:56 Abrir




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