Sentencia: Sentencia No. 129-13-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 129-13-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1208-12-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónLos Ríos
MOTIVO:
El señor Mauricio Cohn, representante de la Compañía Piñalinda, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia de 25 de junio de 2012, dictada por la Primera Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Los Ríos, mediante la cual se resolvió confirmar el fallo subido en grado que declara sin lugar e inadmite la acción de protección N.º 0383-­2012, en contra del director provincial del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, por el juicio coactivo N.º 31243102-­2011.
TEMA ESPECÍFICO: Juicio coactivo
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración de los derechos constitucionales consagrados en los artículos 75, 76, numerales 1 y numeral 7 literales a, b, c, h, l y m y 82.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medida de reparación integral se dispone lo siguiente:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada el 07 de febrero del 2012 a las 14h10 por el Juez Décimo Segundo de lo Civil y Mercantil del cantón Baba, provincia de Los Ríos, en primera instancia, y la sentencia dictada el 25 de junio de 2012 a las 11h05 por los jueces de la Primera Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Los Ríos, dentro del recurso de apelación No. 383-2012.; 3.2. Retrotraer el proceso hasta el momento antes de la calificación de la demanda, debiendo ser otro juez, previo sorteo, quien conozca y resuelva la causa, tomando en cuenta los términos de esta sentencia.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPrivada1208-12-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 7. h. Principio de contradicción
Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones
Art. 76. 7. b. Derecho a contar con tiempo y medios adecuados para la defensa
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 437. 1. Que se trate de sentencias, autos y resoluciones firmes o ejecutoriados.
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución…
Art. 437. 2. Que el recurrente demuestre que en el juzgamiento se ha violado, por acción u omisión, el debido proceso u otros derechos reconocidos en la Constitución.
Art. 86. 3. Presentada la acción, la jueza o juez convocará inmediatamente a una audiencia pública…
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
Art. 437. Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 7. h. Principio de contradicción
Art. 76. 7. c. Derecho a ser escuchado en igualdad de condiciones
Art. 76. 7. b. Derecho a contar con tiempo y medios adecuados para la defensa
Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva
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