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NÚMERO DE SENTENCIA: | 148-16-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0412-14-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Guayas |
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MOTIVO: |
La presente acción extraordinaria de protección fue presentada por la señora María de Lourdes Pesantes Ortíz, en nombre y representación de su hija menor de edad, en contra de la sentencia del 22 de enero de 2014, y de los autos de aclaración del 5 y 10 de febrero de 2014, dictados por la Sala Especializada de Familia, Niñez y Adolescencia de la Corte Nacional de Justicia, mediante la cual se resolvió rechazar el recurso de casación interpuesto. |
TEMA ESPECÍFICO: | Filiación y alimentos |
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DECISIÓN RESUMEN: | Aceptar |
DECISIÓN: |
1. Declarar vulnerados los derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva y al debido proceso en la garantía de la motivación, contenidos en los artículos 75 y 76 numeral 7 literal l de la Constitución de la República, respectivamente.; 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección planteada.; 3. Como medidas de reparación integral se dispone:; 3.1. Dejar sin efecto la sentencia del 22 de enero de 2014, y los autos del 5 y 10 de febrero de 2014, dictados por la Sala Especializada de Familia, Niñez y Adolescencia de la Corte Nacional de Justicia,; 3.2. Retrotraer los efectos hasta el momento anterior a la emisión de la sentencia dictada el 22 de enero de 2014 a las 11:55, por la Sala Especializada de Familia, Niñez y Adolescencia de la Corte Nacional de Justicia, dentro del proceso No. 151-2013.; 3.3. Disponer que, previo sorteo, otros jueces de la Sala Especializada de Familia, Niñez y Adolescencia de la Corte Nacional de Justicia conozcan y resuelvan el recurso de casación, de conformidad con lo establecido en esta sentencia considerando la decisum o resolución, así como los argumentos centrales que son la base de esta sentencia y que constituyen la rattio. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONA | Persona natural | 0412-14-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: | Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Tutela judicial efectiva |
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Tutela judicial efectiva: La tutela judicial efectiva, imparcial y expedita, consagrada como derecho constitucional en el artículo 75 de la Constitución de la República1, ha sido acogida procesalmente como una de las garantías fundamentales con las que cuentan los individuos dentro de un proceso. Aquella potestad, comporta una serie de obligaciones por parte del aparato estatal, pues requiere la existencia de un órgano jurisdiccional y, además precisa de jueces que investidos de potestad jurisdiccional, garanticen el cumplimiento de la Constitución y la ley, aplicándolos a un caso concreto con la finalidad de alcanzar a la tan anhelada justicia. |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | OFICIO RECEPCION CC - OFICIO RECEPCION CC 0412-14-EP.pdf | 26/03/2014 13:44:57 | Abrir | DEMANDA - DEMANDA 0412-14-EP.pdf | 26/03/2014 13:45:15 | Abrir | CERTIFICACION - CERTIFICACION 0412-14-EP.pdf | 26/03/2014 13:45:33 | Abrir | ACTO IMPUGNADO - ACTO IMPUGNADO 0412-14-EP.pdf | 26/03/2014 13:45:51 | Abrir | PROVIDENCIA DEL INFERIOR - PROVIDENCIA DEL INFERIOR 0412-14-EP.pdf | 26/03/2014 13:46:16 | Abrir | AUTO SALA DE ADMISION Y RAZON - 0412-14-EP-auto.pdf | 30/04/2014 8:14:43 | Abrir | AUTO ADMISION - 0412-14-EP-auto.pdf | 07/07/2014 8:12:07 | Abrir | AUTO ADMISION - 0412-14-EP-auto2.pdf | 01/08/2014 14:42:23 | Abrir | AVOCO PARA EL PLENO - 0412-14-EP-prov.pdf | 03/05/2016 16:01:19 | Abrir | SENTENCIA Y RAZON - 0412-14-EP-sen.pdf | 24/05/2016 9:21:52 | Abrir |
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