Sentencia: Sentencia No. 148-17-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 148-17-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
1470-10-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónAzuay
MOTIVO:
El doctor Jaime Astudillo Romero, rector y representante legal de la Universidad de Cuenca, presentó una acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 7 de septiembre de 2010, a las 08:17, por la Segunda Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, dentro de la acción de protección N.º 0241-2010.
TEMA ESPECÍFICO: Contrato de servicios ocasionales sucesivos
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1.- Declarar que las sentencias emitidas por la Segunda Sala Especializada de lo Penal y Tránsito del Azuay, así como por el Juzgado Primero de Tránsito del Azuay vulneraron el derecho al debido proceso en la garantía de la motivación. 2.- Aceptar la acción extraordinaria de protección. 3.- Como medidas de reparación integral se dispone: 3.1. Dejar sin efecto la sentencia expedida el 7 de septiembre de 2010, por la Segunda Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay en el proceso N.º 01122-2010-0241. 3.2. Dejar sin efecto la sentencia expedida el 5 de agosto de 2010, por el Juzgado Primero Tránsito del Azuay en el proceso N.º 01451-2010-0085. 3.3. Como consecuencia del análisis integral realizado en esta sentencia se dispone el archivo de la acción de protección presentada por el arquitecto Esteban Patricio Orellana Cabrera en contra de la Universidad de Cuenca.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
ASTUDILLO ROMERO JAIMEPública1470-10-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 66. 4. Derecho a la igualdad formal y material
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 229. Serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen dentro del sector público.
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 327. La relación laboral entre personas trabajadoras y empleadoras será bilateral y directa…
Art. 228. El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición…
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
SENTENCIAS RELACIONADAS:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
AUTO ADMISION - 1470-10-EP20/12/2010 11:51:33 Abrir
SENTENCIA - 148-17-SEP-CC19/05/2017 0:00:00 Abrir




Visualizaciones: 738