Sentencia: Sentencia No. 149-17-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 149-17-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0315-11-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónAzuay
MOTIVO:
El señor Cicerón Bernal Espinoza, director provincial de Educación del Azuay, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la sentencia dictada el 9 de diciembre de 2010, por la Primera Sala Especializada de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, dentro de la acción de protección N.° 347-10.
TEMA ESPECÍFICO: Liquidación por jubilación
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración de los derechos constitucionales al debido proceso en la garantía a la motivación en las resoluciones y a la seguridad jurídica. 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección. 3. Disponer como medidas de reparación integral: 3.1. Dejar sin efecto la sentencia dictada el 9 de diciembre de 2010, por la Primera Sala Especializada de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Azuay. 3.2. Dejar en firme la sentencia de primera instancia dictada el 15 de octubre de 2010 a las 15:55, por el Juzgado Octavo de lo Civil del Azuay.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
CICERON RAUL BERNAL ESPINOZAPública0315-11-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 436. 6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las garantías jurisdiccionales (JP, JI, JH,JC, JD)…
Art. 88. La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución…
Art. 11. 2. Principio de igualdad y no discriminación en razón de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género…
Art. 37. 2. Derecho de los adultos mayores al trabajo remunerado
Art. 76. Derecho al debido proceso
Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
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