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NÚMERO DE SENTENCIA: | 150-15-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0062-12EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Los Ríos |
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MOTIVO: |
El señor José Germán Martínez Montoya presentó acción extraordinaria de protección, en contra del auto de 29 de noviembre de 2011, expedido por la Primera Sala de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio signado con el número 0781-2010, por despido intempestivo, en contra de los señores Pedro Guzmán Carriel y Rolando Guzmán Coello, mediante el cual se rechazó el recurso de casación presentado por el señor Martínez Montoya. |
TEMA ESPECÍFICO: | Despido intempestivo |
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DECISIÓN RESUMEN: | Negar |
DECISIÓN: |
1. Declarar que no existe vulneración a derechos constitucionales.; 2. Negar la acción extraordinaria de protección propuesta. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONA | Persona natural | 0062-12EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 75. Derecho a la tutela judicial efectiva |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica Art. 76. 7. Derecho a la defensa |
CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Derecho a la defensa |
CITA CONCEPTOS DESARROLLADOS: | Derecho a la defensa: El derecho a la defensa es una regla de carácter sustantivo y adjetivo, por medio de la cual toda persona tiene acceso a ciertas garantías dentro de un proceso judicial o administrativo. Las partes deben tener la oportunidad de ser escuchadas y hacer valer sus pretensiones ante el juez; nadie puede ser privado de los medios necesarios para reclamar y hacer valer sus derechos durante el desarrollo de un proceso legal. Es así que el derecho a la defensa garantiza un proceso judicial equitativo, basado en principios de igualdad y seguridad jurídica. |
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