Sentencia: Sentencia No. 151-12-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 151-12-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0364-09-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
El doctor Guillermo Coloma Mora, apoderado de la señora Ipsela Petita Parrales Delgado, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la resolución expedida el 18 de mayo del 2007, por la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro del juicio por tráfico de sustancias estupefacientes, mediante la cual se reformó el auto resolutorio expedido por el Juzgado Sexto de lo Penal del Guayas.
TEMA ESPECÍFICO: Tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Negar
DECISIÓN:
1. Declarar que no ha existido vulneración de derechos constitucionales en el auto impugnado.; 2. Negar la acción extraordinaria de protección propuesta por el doctor Guillermo Coloma Mora, apoderado especial de la señora Ipsela Petita Parrales Delgado, en contra del auto dictado por la Segunda Sala de lo Penal, Colusorio y Tránsito de la ex Corte Superior de Justicia de Guayaquil el 18 de mayo del 2007 a las 16h45.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONAPersona natural0364-09-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 77. 14. Principio non reformatio in pejus
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. 2. Principio de presunción de inocencia
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 2. Principio de presunción de inocencia
Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes
Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones
Art. 76. Derecho al debido proceso
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
SENTENCIA - 151-12-SEP-CC17/04/2012 0:00:00 Abrir
SENTENCIA - 0364-09-EP25/06/2012 9:35:37 Abrir




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