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NÚMERO DE SENTENCIA: | 151-12-SEP-CC |
TIPO DE ACCIÓN: | |
EXPEDIENTE: |
NÚMERO | TIPO | LUGAR DE ORIGEN | 0364-09-EP | EP - Acción Extraordinaria de Protección | Guayas |
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MOTIVO: |
El doctor Guillermo Coloma Mora, apoderado de la señora Ipsela Petita Parrales Delgado, presentó acción extraordinaria de protección en contra de la resolución expedida el 18 de mayo del 2007, por la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dentro del juicio por tráfico de sustancias estupefacientes, mediante la cual se reformó el auto resolutorio expedido por el Juzgado Sexto de lo Penal del Guayas. |
TEMA ESPECÍFICO: | Tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas |
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DECISIÓN RESUMEN: | Negar |
DECISIÓN: |
1. Declarar que no ha existido vulneración de derechos constitucionales en el auto impugnado.; 2. Negar la acción extraordinaria de protección propuesta por el doctor Guillermo Coloma Mora, apoderado especial de la señora Ipsela Petita Parrales Delgado, en contra del auto dictado por la Segunda Sala de lo Penal, Colusorio y Tránsito de la ex Corte Superior de Justicia de Guayaquil el 18 de mayo del 2007 a las 16h45. |
ACCIONANTES: |
NOMBRE | TIPO ACCIONANTE | CAUSA | observacion_LKC GAD MUNICIPAL MORONA | Persona natural | 0364-09-EP |
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NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: | Art. 77. 14. Principio non reformatio in pejus Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 76. 2. Principio de presunción de inocencia Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes |
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: | Art. 76. 2. Principio de presunción de inocencia Art. 76. 1. Cumplimiento de las normas y los derechos de las partes Art. 76. 7. l. Derecho a la motivación de resoluciones Art. 76. Derecho al debido proceso |
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NOMBRE DEL ARCHIVO | FECHA DE CARGA | ARCHIVO | SENTENCIA - 151-12-SEP-CC | 17/04/2012 0:00:00 | Abrir | SENTENCIA - 0364-09-EP | 25/06/2012 9:35:37 | Abrir |
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