Sentencia: Sentencia No. 151-18-SEP-CC


DATOS GENERALES
NÚMERO DE SENTENCIA: 151-18-SEP-CC
TIPO DE ACCIÓN:
EXPEDIENTE:
NÚMEROTIPOLUGAR DE ORIGEN
0413-09-EPEP - Acción Extraordinaria de ProtecciónGuayas
MOTIVO:
El 17 de junio de 2009, César Alfredo Efraín Regalado Iglesias, en calidad de representante legal de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones CNT Sociedad Anónima, presentó una acción extraordinaria de protección en contra de los autos de 27 de marzo de 2009 a las 10:00, y 13 de abril de 2009 a las 09:30, dictados por el juez suplente quinto del trabajo del Guayas, dentro del juicio N.° 239-2008. El caso ingresó a la Corte Constitucional, para el período de transición y se le asignó el N.° 0413-09-EP.
TEMA ESPECÍFICO: Absorción de empresas públicas
PARÁMETROS DE SENTENCIA
DECISIÓN RESUMEN: Aceptar
DECISIÓN:
1. Declarar la vulneración del derecho al debido proceso en la garantía de recurrir el fallo o resolución reconocido en el artículo 76, numeral 7, letra m, de la Constitución de la República. 2. Aceptar la acción extraordinaria de protección propuesta. 3. Como medidas de reparación integral del derecho al debido proceso en la garantía de recurrir el fallo o resolución, se dispone: 3.1. Dejar sin efecto el auto de 27 de marzo de 2009, dictado dentro de la causa N.° 239-2008; así como, todas las actuaciones y actos posteriores a su emisión. 3.2. Retrotraer los efectos del proceso al instante en que ocurrió la vulneración de derechos constitucionales; esto es, al momento en que el juez quinto de Trabajo del Guayas, mediante auto de 27 de marzo de 2009, rechazó el recurso de apelación propuesto por el recurrente. 3.3. Disponer que, después del sorteo correspondiente, otro juez o jueza de Trabajo del Guayas proceda a dar trámite a la causa laboral N.° 239-2008, desde el momento en que tuvo lugar la violación constitucional analizada.
ACCIONANTES:
NOMBRETIPO ACCIONANTECAUSA
Regalado Iglesias César Alfredo EfraínPública0413-09-EP
NORMAS CONSTITUCIONALES DEMANDADAS: Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación
NORMAS CONSTITUCIONALES TRATADAS: Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación
NORMAS CONSTITUCIONALES VULNERADAS: Art. 76. 7. m. Derecho a la impugnación
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
NOMBRE DEL ARCHIVOFECHA DE CARGAARCHIVO
SENTENCIA - 151-18-SEP-CC18/04/2018 0:00:00 Abrir




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